A ley proyecto sobre aporte fiscal para la protección de los ingresos de la clase media

La iniciativa establece la entrega de un bono de 500 mil pesos y un préstamo estatal de hasta 650 mil pesos mensuales para trabajadores formales y a honorarios, y los que tengan empresas individuales, que hayan bajado su nivel de ingresos por efectos de la pandemia.

Con 143 votos a favor y uno en contra, la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó en general el proyecto -iniciado en mensaje- que establece un financiamiento con aporte fiscal para la protección de los ingresos de la clase media.

Se solicitó igualmente la votación separada de cuatro normas del texto legal, que la comisión de Desarrollo Social recomendaba rechazar, pero que, finalmente, fueron aprobados, como sugería la Comisión de Hacienda. Por efecto de ello, la iniciativa se despachó al Ejecutivo para su promulgación como ley.

La iniciativa va dirigida a los trabajadores formales que han sido afectados en sus ingresos con una reducción igual o superior al 30% y que el promedio de sus remuneraciones mensuales en el año 2019 fluctuó entre los $400.000 y $1.500.000.

La ayuda se materializará a través de la entrega de un bono y la posibilidad de acceder a un préstamo estatal. Se espera llegar, así, a más de un millón 600 mil trabajadoras/es de clase media.

El diputado Jaime Naranjo (PS) entregó el informe de la Comisión de Desarrollo Social, que aprobó en general la iniciativa en forma unánime, pero que rechazó el articulado del proyecto. En tanto, el diputado Patricio Melero (UDI) expuso el informe de la Comisión de Hacienda, instancia que ratificó el contenido del proyecto en los mismos términos que lo aprobado en forma unánime por la Sala del Senado.

Legisladores/as de diversos sectores valoraron la iniciativa, pero manifestaron su preocupación por los trabajadores que no acceden al beneficio, como los del transporte colectivo y escolar, feriantes, garzones y personas jubiladas por el sistema de renta vitalicia, entre otros, que tampoco accedieron a los beneficios de las leyes de Ingreso Familiar de Emergencia.

En dicha línea, la petición fue a ampliar la cobertura de esta ley, hecho que no prosperó durante el trámite en comisiones.

En la sesión, el ministro de Hacienda, Ignacio Briones, señaló que los trabajadores beneficiarios de este proyecto son los que tienen ingresos formales, entendiéndose por aquellos los que dejan algún registro administrativo -que no remite únicamente a ingresos laborales-, sino a cualquier ingreso que se pueda tener, de modo de contar con un instrumento efectivo que de cuenta de la baja en sus remuneraciones.

Agregó que algunos transportistas ingresan en el beneficio, los que tienen pagos previsionales, pero no los con renta presunta e informales, quienes podrán postular al Ingreso Familiar de Emergencia, hoy simplificado, que requiere para su acceso solo contar con ficha en el Registro Social de Hogares.

La autoridad sostuvo, además, que existe el compromiso de buscar otra alternativa para dicho sector, por lo que, junto a la ministra de Transportes, se reunirán con el gremio el próximo lunes.

Contenido del proyecto

El objetivo de la propuesta es establecer un mecanismo transitorio de financiamiento para la protección de los ingresos de la clase media que se traduce, por un lado, en un aporte fiscal, que se puede solicitar una sola vez, que no es restituible y cuyo monto se determina según una escala de ingresos; y, por otro, en el otorgamiento de un beneficio, que solo debe restituirse si el beneficiario obtiene ingresos en los años siguientes.

El aporte directo se entregará -por una sola vez- por un monto de $500 mil a todos los trabajadores y trabajadoras que tenían ingresos formales brutos entre $400.000 y $1.500.000 mensuales y que han sufrido caídas en sus ingresos de al menos un 30%.

Esto contempla a los siguientes grupos:

Trabajadores con contrato suspendido o cesantes, beneficiarios del seguro de cesantía.

Trabajadores con su contrato suspendido o cesantes que no sean beneficiarios del seguro de cesantía (por no calificar o no estar afiliados – trabajadores con contratos pre 2002).

Trabajadores que han acordado reducciones salariales mayores al 30%.

Personas naturales organizados como empresas individuales (cuenta propia) que han visto caer sus ingresos en 30% o más.

Trabajadores a honorarios.

 También se favorecerá, con montos decrecientes, a aquellos trabajadores con ingresos entre $1,5 y $2 millones de mensuales, que hayan tenido caídas de ingresos de 30% o más. La propuesta contempla llegar a un aporte de 100 mil pesos para quienes tengan promedio mensual de ingreso sobre 1.800.000 y hasta 2.000.000 de pesos.

Préstamo solidario estatal

Un segundo punto de la norma establece un préstamo solidario con aporte estatal, -que podrá solicitarse en forma voluntaria- con tasas de interés real igual a 0%, que sólo será reajustado de acuerdo a la inflación.

El préstamo podrá solicitarse hasta por cuatro meses, con un monto mensual máximo de $650.000. El primer mes, solo podrá solicitarse por el monto que exceda del aporte estatal mencionado anteriormente de $500.000 pesos.

Se otorgará un año de gracia al préstamo solidario, por lo que las personas comenzarán a pagar en abril de 2022 y lo harán en un plazo de cuatro años, hasta el 2025. El pago del préstamo será en función de los ingresos que tenga el trabajador y ningún pago podrá superar el 5% de sus ingresos anuales. De no lograr pagar todo el monto, el remanente total será condonado por parte del Estado.

Podrán solicitar el préstamo solidario las personas que tienen una renta mensual promedio durante 2019 igual o superior a $400 mil y que sus ingresos hayan disminuido en, al menos, un 30%. Se financiará hasta un 70% de la caída de sus ingresos.

El préstamo solidario se solicitará mensualmente solo vía online al Servicio de Impuestos Internos y será entregado por la Tesorería General de la República, una vez que estén validadas las rentas que tienen las personas, en un plazo de 10 días hábiles luego de realizada la solicitud.

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