CORTE DE APELACIONES ACOGE RECURSO DEL INDH

Corte de Apelaciones de Santiago acogió recurso del INDH y ordena a Ministerio de Salud cubrir tratamiento de alto costo a pacientes excluidos de ley Ricarte Soto.

La Corte de Apelaciones de Santiago acogió un recurso de protección (11.861 – 25) que el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) presentó en mayo por cinco personas adultas con Hipertensión Arterial Pulmonar (HAP), derivada de cardiopatías congénitas diagnosticadas. La sentencia ordena al Ministerio de Salud realizar las gestiones para que, en un plazo máximo de 30 días, las personas accedan al medicamento de alto costo solicitado.

 

 

El recurso había sido interpuesto contra el Ministerio de Salud porque estas personas estaban fuera de la cobertura financiera de la Ley 20.850 (Ricarte Soto) y no estaban incluidos en el Protocolo de 2019 de Diagnóstico y Tratamiento para la Hipertensión Arterial Pulmonar Grupo I.

 

 

La HAP es una enfermedad progresiva y letal, que puede desarrollarse por distintas causas, entre las que se encuentran las cardiopatías congénitas. El tratamiento con medicamentos específicos (Iloprost inhalatorio, Bosentan o Ambrisentan) es permanente y de alto costo. En promedio, 2 millones de pesos mensuales. En pacientes adultos, la enfermedad tiene una sobrevida de 2,8 años que aumenta a 10 años con tratamiento. Para muchas personas la única forma de acceder al tratamiento es el financiamiento estatal.

 

 

Determinación de la Corte

 

 

 

La Corte determinó que la exclusión de pacientes con cardiopatías congénitas en el Protocolo 2019 es ilegal y arbitraria.

La ley 20.850 –más conocida como ley Ricarte Soto– exige que toda incorporación o exclusión de tratamientos dentro del Sistema de Protección Financiera debe fundarse en evidencia científica, al igual que los protocolos técnicos que regulen su aplicación.

 

 

Pero, como indica la Corte, estos protocolos técnicos deben dictarse en coherencia con la finalidad protectora de la norma, que es “eliminar las barreras económicas para tratamientos de alto costo y garantizar acceso equitativo a quienes padecen enfermedades graves”.

 

 

En efecto, el Decreto Supremo N°2 del Ministerio de Salud incluyó a la Hipertensión Arterial Pulmonar Grupo I dentro de las patologías cubiertas por la Ley Ricarte Soto, pero no estableció una distinción en base al origen o causa de la enfermedad, tal como ha sido reconocido por la Organización Mundial de la Salud.

 

 

Sin embargo, el Protocolo 2019 del MINSAL, al definir a la “población objetivo” de la cobertura, excluyó a los pacientes que padecen HAP como consecuencia de un defecto cardiaco congénito, pese a tratarse de la misma enfermedad y tener la misma respuesta clínica a los fármacos financiados por la ley Ricarte Soto.

 

 

Consideraciones

 

 

El tribunal consideró que la exclusión de este grupo de pacientes en el protocolo administrativo fue ilegal, porque excedió la ley 20.850 y el Decreto Supremo N°2.

 

 

 

“Si bien el Ministerio de Salud posee potestad reglamentaria para definir criterios técnicos de acceso, dicha potestad no puede ejercerse en contravención al texto ni al espíritu de la ley y el Decreto Supremo que la ejecuta. El Protocolo 2019, al restringir un beneficio legalmente reconocido sin respaldo científico ni justificación presupuestaria fundada, ha excedido la potestad reglamentaria conferida, incurriendo en una ilegalidad por infracción de ley y desviación de poder”, indica el fallo.

 

 

Esta exclusión es arbitraria por carecer de fundamento científico o técnico, dado que establece una diferenciación injustificada entre pacientes que padecen la misma enfermedad y responden al mismo tratamiento, pero que no pueden acceder al mismo sólo porque el origen de su enfermedad es distinto, pese a que la evidencia médica internacional demuestra que el mismo tratamiento es seguro y efectivo para todos y todas.

 

 

Vulneración de derechos fundamentales

 

 

Así, la Corte consideró que la exclusión que realiza el Protocolo 2019 genera una discriminación arbitraria y vulnera el artículo 19 n°2 de la Constitución, al establecer una diferencia injustificada entre pacientes que padecen la misma enfermedad y responden al mismo tratamiento.

 

 

También señaló que la negativa al tratamiento para HAP respecto de este grupo de pacientes los expone a un riesgo vital cierto y actual, que vulnera su derecho a la vida y a la integridad física o psíquica garantizado en el artículo 19 n°1 de la Constitución. De la misma manera, afecta el derecho a la protección de la salud consagrado en el art. 19 n°9, que impone al Estado el deber preferente de garantizar acceso equitativo y oportuno a tratamientos efectivos.

 

 

 

En palabras de la Corte, la negativa del Ministerio de Salud “vulnera de manera directa el derecho de los recurrentes a recibir atención médica oportuna y efectiva, situándolos en un estado de desprotección incompatible con los principios constitucionales y convencionales del resguardo a la vida y la salud”.

 

 

Por último, el tribunal dijo que de acuerdo al principio pro persona y la aplicación preferente de los Derechos Humanos, el Estado debe interpretar toda norma de manera que maximice la protección de la vida y la salud. Ante una interpretación administrativa restrictiva del Protocolo 2019, debe optarse por una lectura de la ley Ricarte Soto en conformidad a su finalidad solidaria, única que es compatible con el bloque de constitucionalidad y con los tratados internacionales de derechos humanos suscritos por Chile.

 

 

Tema planteado por el INDH

 

 

La sentencia de la Quinta Sala acogió el recurso y ordenó al Ministerio de Salud realizar todas las gestiones para que los recurrentes accedan al medicamento solicitado dentro de 30 días. Sin embargo, no se pronunció sobre la petición del INDH respecto a modificar el Protocolo 2019 para incorporar dentro de la cobertura del tratamiento a pacientes con cardiopatías congénitas.

 

 

Una vez que el fallo esté firme se garantizará el acceso a tratamiento solo para los recurrentes, quedando pendiente la modificación del Protocolo 2019. La modificación permitirá incluir a todas las personas con cardiopatías congénitas que hoy o en un futuro desarrollan enfermedad de HAP y sufran la privación de un tratamiento vital para conservar su vida. Por ahora, resta esperar la confirmación del fallo y que la Subsecretaría de Salud Pública cumpla con su compromiso “de evaluar la posibilidad de incorporar a los pacientes con cardiopatías congénitas en el período 2025 a 2028”.

 

Saludos cordiales

 

Instituto Nacional de Derechos Humanos




DE DUELO PATRICIO CHANDIA, FALLECIO SU HERMANO HUGO

Este lunes 24 de noviembre  falleció Hugo Chandia Fuentealba, hermano menor de Patricio Chandia, ambos destacados militantes del Partido Socialista, comunal  Maipú. Su velatorio se llevará a cabo desde las 15:00 horas de hoy en Iglesia de Don Orione, ubicada en  Av. Pedro Aguirre Cerda 7335, (Camino a Melipilla) Comuna de Cerrillos.

Este lunes 24, Hugo Chandía se movilizaba en su camioneta por el camino a las Vizcachas, cuando sufrió ACV fulminante que en definitiva termino con su vida. Hugo cumplió 67 años el 21 de noviembre, sin pensar que tres días después encontraría la muerte movilizándose por su trabajo de su empresa de transportes.

Amigo de sus amigos, bonachón, por lo cual los más cercanos y con quienes laboraba pierden una persona humana, cercana y muy trabajadore.

Hugo Chandía parte rumbo a los altos cielos a la edad de 67 años, sobreviviéndole tres hijos, a quienes junto a su hermano Patricio enviamos las más sentidas condolencias por tan sensible e inesperado pérdida, momento que marca sus vidas con un dolor que solo el Todopoderoso puede aliviarlos.

El velatorio será en Iglesia de Don Orione a partir de las 15:00 horas este martes, lugar donde pueden concurrir sus amigos a dar las condolencias a la familia y compartir gratos recuerdos de vida.

El día miércoles se hará un responso a las 15:00 horas para luego partir a su última morada, que corresponde al Parque del Sendero en Vespucio, en donde descansará eternamente junto a la familia que le antecedió en la partida al Palacio celestial.




Achicar el Estado: ¿Qué dice el sindicalismo?

Finalizado el Acto eleccionario reciente y quedando solo una candidata y un candidato, sorprende que el mundo sindical esté silencioso (como es la costumbre de hace muchos años) considerando que en la efervescente campaña algunos candidatos mencionaron que “hay que achicar el Estado”. Los perdedores se alinean con un candidato o candidata que quedan en la contienda pensando en ministerios, subsecretarias, jefes de servicios públicos etc. pero también solicitando que se incluyan en los respectivos programas ideas que defendía en sus propias campañas, lo que hace incierto el programa final de cada candidatura que está en la contienda.

Es curioso que la movilización sindical más grande y de mayor incidencia a nivel nacional, que se manifiesta todos los fines de año por parte de los empleados públicos con la más grande de las huelgas, no se preocupe por anuncios de políticos que podrían afectar  a muchas personas.  Curioso es el hecho   que son los únicos que no tiene derecho a huelga, establecido en la Constitución, Ley de Base, Estatuto Administrativo, Código del Trabajo. No sólo prohíbe la huelga, sino que es una de las acciones que motiva la destitución, la que es difícil aplicarla debido a que deberían ser destituido todos los que participan, quedando los servicios sin atención, con la complejidad de reemplazar a un millón de funcionarios/as. Por todo lo que significa y la importancia que tiene   el movimiento de los empleados públicos en sus reivindicaciones económicas y condiciones laborales en nuestro país, desarrollándose a través de la CUT, que en buena  medida los hace visible, debería preocuparse por programas de campaña que podría atentar contra la fuente laboral de trabajadoras y trabajadores públicos.

 

Cualquier funcionario/a espera  que la organización más grande de trabajadores organizados del país como es la CUT, teniendo como socios a la ANEF, ASEMUCH, FENATS, con más de 3.600 organizaciones de base, representando a más de 700.000 trabajadores/as, solicitarían una entrevista con los candidatos que sostienen el concepto de “achicar el estado”, para tomar conocimiento sobre la forma, cantidad, sector etc. para luego informar  a sus socios. No creo que un candidato o candidata se opusiera a una solicitud de una organización que representa a cientos de miles de trabajadores, y si así lo hiciera, importante sería comunicarlo a sus bases.

 

Es preocupante una medida de esta naturaleza ya que “achicar el estado” significa disminuir o eliminar servicios que actualmente se prestan a personas que lo necesitan, y por consiguiente, despedir trabajadores/as, lo que debería ser una de las preocupaciones de la dirigencia a nivel nacional de estas poderosas organizaciones que son capaces de paralizar las actividades laborales por mejoras económicas y constituirse en la mayor movilización sindical del país.

 

Si no existiera tal preocupación, debería ser deber de las bases exigir a sus respectivas organizaciones de nivel nacional para que expongan en la cúpula de la CUT, que es necesario aclarar en forma específica a qué servicios, ministerios o unidades estaría dirigido tal “achicamiento” y cuál sería la cuantificación, para que los funcionarios/as públicos tomaran conocimiento y evitar que algunos se hagan el “Harakiri”.

 

Es preocupante ya que, si llega a ocurrir, en algunos casos la disminución puede ser aplicada a través de iniciativas legislativas (como por ejemplo bajar los porcentajes de trabajadores a contrata y honorarios), pero también en forma tan simple como  medidas administrativas.

 

Cualquier trabajador que pertenece a una organización sindical, espera que los líderes nacionales tengan bien informado a quienes le dan vida como organización y sostén económico para continuar en el resguardo de uno de los derechos más importantes en la vida de cualquier persona, como es el del trabajo.




El laberinto del impuesto a la herencia: patrimonio sin liquidez y doble tributación

En Chile, el impuesto a la herencia suele aparecer en el peor momento: cuando la familia está de duelo y el Estado es el primero en golpear la puerta. Ahí se repite una escena conocida para cualquier abogado tributario o civil: herederos con patrimonio, pero sin un peso disponible; bienes inscritos a nombre del causante, pero “congelados” hasta pagar el impuesto; y empresas familiares obligadas a vender activos o endeudarse solo para cumplir con el Fisco.

El diseño del tributo —regulado en la Ley N° 16.271— combina dos elementos problemáticos. Primero, su carácter progresivo, con tasas que van de 0% a 25% en una lógica similar al Impuesto Global Complementario. En teoría, responde a la equidad: quien recibe más, paga más. En la práctica, ignora algo básico: la liquidez. La mayoría de las sucesiones no son cuentas corrientes rebosantes, sino inmuebles, participaciones sociales, maquinaria, derechos en empresas familiares. Mucho valor en el papel, poca caja en la realidad.

Segundo, el orden de los factores: para inscribir los bienes a nombre de los herederos, primero hay que pagar el impuesto. No hay, como regla, un mecanismo que permita inscribir y luego pagar. Si no hay liquidez, la sucesión queda atrapada en un círculo vicioso. A eso se suma la congelación de las cuentas bancarias del causante, que impide usar el propio dinero del fallecido para pagar el tributo sin pasar antes por autorizaciones del SII o del banco. El patrimonio existe, pero está jurídicamente “secuestrado” por el sistema.

Desde la percepción del contribuyente, además, se instala la sensación de doble o múltiple tributación. El causante ya pagó Impuesto a la Renta, IVA, contribuciones, etcétera, para formar su patrimonio. Al morir, ese mismo patrimonio vuelve a ser gravado. Y si, para pagar el impuesto a la herencia, el heredero socio debe retirar utilidades de la empresa familiar, esas utilidades pagan nuevamente impuesto a la renta antes de destinarse al Fisco por concepto de herencia. Mismo origen económico, varias vueltas por caja.

El caso más crítico es el de las empresas familiares, donde suele concentrarse el grueso del patrimonio. Al fallecer el fundador, los herederos se ven empujados a tomar decisiones bajo presión: ventas apuradas por debajo del valor real, endeudamiento caro o desarme de estructuras societarias que daban estabilidad al negocio. Lo que en el discurso se presenta como un impuesto redistributivo puede terminar, en la práctica, debilitando tejido productivo y afectando empleos.

Todo esto se agrava por una cultura que rehúye la planificación sucesoria. Hablar de herencias, donaciones en vida o reorganizaciones patrimoniales sigue siendo un tabú en muchas familias, asociado a codicia o frialdad. El resultado es predecible: patrimonios desordenados, estructuras sin diseño sucesorio y cero planificación tributaria. Cuando la muerte llega, hay que decidir en semanas lo que no se planificó en años, con el SII, los bancos y el Conservador de Bienes Raíces marcando los tiempos.

Más que discutir solo la tasa máxima, el desafío es revisar si el sistema acompaña de forma razonable la transmisión del patrimonio entre generaciones o si, tal como está, convierte cada sucesión en un laberinto tributario en el que el patrimonio está… pero la liquidez y el tiempo no. Ahí es donde la planificación hereditaria deja de ser un lujo para convertirse en una verdadera necesidad jurídica y económica

En conclusión, el impuesto a la herencia, tal como opera hoy en Chile, No diferencia adecuadamente entre grandes fortunas financieras y empresas familiares intensivas en activos, pero pobres en caja. Y obliga a las familias a enfrentar decisiones patrimoniales relevantes en el peor momento posible.

 

Esteban Larrondo, abogado,

especialista en planificación tributaria hereditaria.




DETIENEN A EXPORTADOR DE CELULAREES ROBADOS

Mañana, sábado 22 de noviembre, en el primer Juzgado de Garantía, pasará a control de detención un ciudadano venezolano, quien, entre mediados de 2023 y enero 2025, realizó una serie de exportaciones de celulares robados.

A los delincuentes que roban celulares les quedó chico el mercado nacional, por ello deben contar con nuevos nexos para reducir las especies de este robo que ya se ha convertido en algo normal y dieronnacimiento a otro “negocio” ilicito: exportar celulares robados.

Para realizar los envíos, informaba que se trataba de “partes o piezas de vehículos” o “repuestos Apple”, siendo la mayoría IPhon, los cuales eran exportados a Hong Kong, eventualmente para reacondicionarlos, tema que se espera conocer durante el juicio. Cabe hacer notar que los celulares reacondicionados ya es un mercado normal en nuestro país

La causa es liderada por el Fiscal Jefe de Pudahuel, Eduardo Baeza, quien instruyó diligencias al OS9 de Carabineros las cuales permitieron detención del individuo esta mañana en la comuna de San Joaquín, encontrándose en su poder una decena de celulares y notebooks.

En el proceso de la investigación se han identificado más de 10 víctimas, cuyos aparatos fueron sustraídos en la vía pública en distintas comunas de la RM.

Ante el cúmulo de antecedentes recabados por la policía uniformada el ciudadano venezolano será formalizado por contrabando reiterado y receptación, entre otros delitos.




DEFINIDO LOS 8 DIPUTADOS DEL DISTRITO 8

Gustavo Gatica, independiente en PC fue la primera mayoría individual en las elecciones de diputados realizada este domi9ngo 16 de noviembre. Llama la atención la gran cantidad de votos nulos (145.323) y blancos (73.152) que daba para elegir 3 diputados. El corte estuvo en 63.810, faltando por escrutar 12 mesas.

Finalmente faltando por escrutar 12 mesas, los resultados de la elección del distrito 8 deja el cuadro político del distrito con 2 diputados comunistas (Gustavo Gatica Marco Barraza), 2 diputados de Republicanos (Agustín Romero y Enrique Bassaletti), 1 del Frente Amplio (Tatiana Urrutia), 1 del PDG (Cristian Contreras), 1 de la UDI (Sebastián Keitel) y 1 de Partido Nacional Libertario (Pier Karlezi).

Cabe hacer notar que los votos nulos pudieron significar la elección de 2 diputados y los blancos 1, para meditarlo que hay un desinterés de la ciudadanía o falta innovar en el sistema publicitario, que debe ser más bien que la comunidad tenga una formación cívica.

Se pierde por escasos votos del pacto Jua Carlos “Pollo” Valdivia, estimados en aprox., unos 4.500 en el pacto, mientras que a Rosa Oyarzo le faltaban aprox. unos 6.800 votos.

Mañana se espera el ultimo cómputo con las 12 mesas que faltan (aprox. 4.800 votos) lo que no alteraría este resultado.

Resultado-D8.pdf




APROXIMACION A ELECTOS POR EL DISTRITO 8

Computadas 533 mesas escrutadas en el distrito 8, de un total de 2.914 mesas, la cifra de votos de la Candidatos a la Cámara de Diputados daría el siguiente reparto de escaños:

Unidad Por Chile elegiría 3 diputados, Chile Grande y Unido 2, Cambio por Chile 2 y el Partido de la Gente 1.

Estas serian las primeras mayorias de los pactos señalados

Esto puede variar ya que solo están escrutadas el 18,29% de los votos.

Lista/Pacto

Partido Votos Porcentaje Candidatos
52
B – VERDES, REGIONALISTAS Y HUMANISTAS 6.769 4,77% 8
51 CESAR LEIVA RUBIO IND – AH 1.318 0,93%
52 CARLOS ASTUDILLO ULLOA IND – AH 757 0,53%
53 JAVIER IBARRA REYES AH 662 0,47%
54 GUILLERMO FLORES CONTRERAS FREVS 1.080 0,76%
55 CHRISTIAN VITTORI MUÑOZ FREVS 1.245 0,88%
56 DAVID QUEZADA GOMEZ FREVS 634 0,45%
57 ERICA VELASQUEZ MONTENEGRO IND – FREVS 704 0,50%
58 JAIME CAYUQUEO ZAMBRANO IND – FREVS 369 0,26%
C – UNIDAD POR CHILE 44.921 31,68% 9
59 RUBEN OYARZO FIGUEROA PR 2.240 1,58%
60 VIVIANA SOLEDAD DELGADO RIQUELME PL 2.027 1,43%
61 CRISTOPHER VALDIVIA OLATE PL 2.516 1,77%
62 GUSTAVO GATICA VILLARROEL IND – PCCH 15.947 11,25%
63 MARCOS BARRAZA GOMEZ PCCH 4.690 3,31%
64 CLAUDIA ATENAS SOZA PDC 2.153 1,52%
65 JUAN CARLOS VALDIVIA LENA IND – PDC 4.690 3,31%
66 TATIANA URRUTIA HERRERA FA 6.384 4,50%
67 CLAUDIA MIX JIMENEZ FA 4.274 3,01%
D – IZQUIERDA ECOLOGISTA POPULAR ANIMALISTA Y HUMANISTA 6.899 4,87% 8
68 ELISA ANDREA ROJAS HERRERA IND – PH 1.559 1,10%
69 MARIA TERESA ALVAREZ AGUILAR PH 1.238 0,87%
70 MAXIMO QUITRAL ROJAS IND – PH 887 0,63%
71 ROSSANA DEL PILAR TARSETTI GUAJARDO IND – PH 827 0,58%
72 PABLO ANDRES MORALES MONTOYA IND – PH 721 0,51%
73 YESSENIA LIA CRISOSTOMO VALENZUELA IND – PH 588 0,41%
74 RICHARD TAPIA FUENTES IND – PH 464 0,33%
75 AMAURI ALEN QUILALEO VALENCIA IND – PH 615 0,43%
F – PARTIDO DE TRABAJADORES REVOLUCIONARIOS 1.943 1,37% 1
76 FRANCISCO VLADIMIR FLORES COBO PTR 1.943 1,37%
I – PARTIDO DE LA GENTE 17.787 12,54% 8
77 CRISTIAN CONTRERAS RADOVIC PDG 8.672 6,12%
78 LEYLA MASSIEL JARA LOPEZ PDG 1.797 1,27%
79 RICHARD MATTA PARRA PDG 1.686 1,19%
80 LUCY MUÑOZ MARTICORENA PDG 1.502 1,06%
81 SANDRA LUZ VERGARA CASTRO PDG 1.216 0,86%
82 FELIX ENRIQUE MOLINA RIQUELME PDG 885 0,62%
83 JACQUELINE PATRICIA ALARCON BORQUEZ PDG 966 0,68%
84 ANDRES HENRIQUEZ RIQUELME PDG 1.063 0,75%
J – CHILE GRANDE Y UNIDO 24.621 17,36% 9
85 JORGE GALDAMES HOROSTICA DEMOCRATAS 1.358 0,96%
86 GONZALO EGAS POURAILLY DEMOCRATAS 1.957 1,38%
87 ELIZABETH CARRASCO URRUTIA DEMOCRATAS 954 0,67%
88 ROSA OYARCE SUAZO RN 6.271 4,42%
89 CESAR VEGA LAZO RN 1.980 1,40%
90 NATALY ORTUZAR MENDEZ RN 999 0,70%
91 SEBASTIAN KEITEL RONDON IND – UDI 5.244 3,70%
92 BEATRIZ LAGOS CAMPOS UDI 910 0,64%
93 MARIO OLAVARRIA RODRIGUEZ UDI 4.948 3,49%
K – CAMBIO POR CHILE 38.854 27,40% 9
94 AGUSTIN ROMERO LEIVA REPUBLICAN 11.036 7,78%
95 ENRIQUE BASSALETTI RIESS IND – REPUBLICAN 10.321 7,28%
96 CATHERINE CEBULJ NAVARRETE REPUBLICAN 4.589 3,24%
97 ENRIQUE MUÑOZ LAGOS PSC 1.157 0,82%
98 FELIPE CORVALAN DESTEFANI PSC 1.015 0,72%
99 ITALO OMEGNA VERGARA PNL 2.985 2,11%
100 ANITA ESCOBAR GATTAS IND – PNL 1.169 0,82%
101 JUAN CARLOS GOMEZ ESCOBAR PNL 1.673 1,18%
102 PIER KARLEZI HAZLEBY PNL 4.909 3,46%
Válidamente Emitidos 141.794 79,59%
Votos Nulos 23.620 13,26%
Votos en Blanco 12.731 7,15%
Total Votación 178.145 100,00%



Se consolida la segunda vuelta entre Jara y Kast

Resultado nacional con un sorprendente tercer lugar de Parisi. Evelyn Matthei reconoce su derrota y dice que ira a saludar a Kast.

Escrutadas 387 mesas escrutadas de un total de 2.914 mesas del distrito , que significan 3513805 de votos que corresponden al 13,28% del tota de votos emitidos en este proceso.

Se consolida la segunda vuelta entre Jara y Kast.

Datos del 16-11-2025 19:30
Candidatos Votos Porcentaje
2 JEANNETTE JARA ROMAN 881.125 26,00%
5 JOSE ANTONIO KAST RIST 840.109 24,79%
1 FRANCO PARISI FERNANDEZ 629.618 18,58%
4 JOHANNES KAISER BARENTS-VON HOHENHAGEN 471.276 13,91%
7 EVELYN MATTHEI FORNET 463.160 13,67%
8 HAROLD MAYNE-NICHOLLS SECUL 43.197 1,27%
3 MARCO ANTONIO ENRIQUEZ-OMINAMI GUMUCIO 38.583 1,14%
6 EDUARDO ANTONIO ARTES BRICHETTI 21.871 0,65%
Válidamente Emitidos 3.388.939 96,45%
Votos Nulos 88.786 2,53%
Votos en Blanco 36.080 1,03%
Total Votación 3.513.805 100,00%






STH PIDE MANTENER LOS DERECHOS ADQUIRIDOS

Pliego de peticiones para el 2026 del sindicato de trabajadores a honorarios Maipú, STH,  ingresado por la Secretaria Municipal y expuesta en reunión con el Administrador Municipal e informado a la Jefa de Gabinete.

El Sindicato de Trabajadores a Honorarios de la Municipalidad de Maipú, presentó, como cada año, su pliego de peticiones para el año 2026, todo con el fin de  tener un mejor entendimiento y crear un mejor ambiente laboral, a su vez, mantener un respeto por el trabajo funcionario. Este se presentó formalmente el 28 de octubre.

Al referirse al contrato laboral para el año 2026, solicitan “mantener la totalidad de los derechos actualmente establecidos en el contrato 2025”, salvo el artículo 4, párrafo 2 que consideran genera “incertidumbre y vulnerabilidad laboral “y solicitan eliminarlo.

El párrafo que esperan se elimine señala: “De acuerdo con las necesidades del servicio, el prestador podrá ser trasladado internamente o de dependencia, como también de su jornada semanal o programa asociado, inclusive sus honorarios”.

Todo indica que el alcalde ya no se acuerda de los compromisos  contraídos con la directiva que existía cuando el alcalde se postuló por primera vez a la alcaldía, la cual hoy esta descabezada al no volver a recontratar a uno de sus dirigentes.

Los dirigentes en esa fecha solo deseaban que Cathy Barriga no continuara como alcaldesa por el clima laboral que existía en esa administración, casi tan rancio como el actual, donde nuevamente puede salir esa frase “aquí va a correr sangre”, ya que ese funcionario que amenazó a una funcionaria volvió a ser recontratado hace un mes.

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