CRONOGRAMA ELECTORAL PLEBISCITO 2022

El 13 de agosto se publicarán las mesas y locales de votación para el Plebiscito. Ver cronograma electoral.

En dos semanas, el sábado 13 de agosto, se harán públicas las mesas receptoras de sufragios y locales de votación donde deberá asistir el electorado para cumplir con su voto obligatorio en el Plebiscito Constitucional.

A partir de ese día, cada ciudadano podrá revisar en la consulta de datos electorales de la web de Servel estos antecedentes y anotarlos para tenerlos presentes el 4 de septiembre, día en que acuda a ejercer su derecho a sufragio.

Ese mismo día también se conocerá el listado de los electores designados como Vocales de Mesa por las Juntas Electorales los que, en caso de necesidad, tendrán un plazo de tres días para presentar sus excusas ante esos organismos.

CRONOGRAMA ELECTORAL

16 al 18 de agosto : Comienza el plazo para presentar excusas ante Juntas Electorales para Vocal de Mesa y miembros de Colegio Escrutador.

20 de agosto : Publican nóminas de vocales reemplazantes para Mesas Receptoras de Sufragios y miembros de Colegios Escrutadores.

20 de agosto : Vence plazo para divulgar resultados de encuestas.

30 de agosto : Servicio Electoral publica en diarios, el facsímil de la cédula de votación.

1 de septiembre : Término de todo tipo de propaganda electoral, información electoral de utilidad para la ciudadanía y la franja gratuita de propaganda.

3 de septiembre : A las 15:00 horas, los vocales de Mesas Receptoras designados, se reúnen para constituir sus mesas de sufrago.

4 de septiembre : Plebiscito Constitucional.




Servel dicta Normas e Instrucciones y Protocolo Sanitario para el Plebiscito Constitucional

El Consejo Directivo del Servicio Electoral, conforme a las facultades otorgadas por la Constitución, acordó dictar las Normas e Instrucciones y el Protocolo Sanitario para el desarrollo del Plebiscito Constitucional, las que fueron publicadas en el Diario Oficial.

Constitución de Mesas Receptoras de Sufragios:

El sábado 3 de septiembre de 2022, a las 15:00 horas, se realizará el acto de constitución de mesas receptoras de sufragios, el que deberá contar con la participación de todos los vocales designados por las Juntas Electorales..

El mismo sábado 3 de septiembre y luego que se realice el acto de constitución de las mesas, se efectuará una capacitación obligatoria dirigida a las y los vocales de mesas receptoras de sufragios sobre el proceso electoral y medidas sanitarias a aplicar.

Adicionalmente, se dispondrá de información virtual y videos para todos quienes desempeñen el rol de vocal, siendo obligatoria su revisión.

Instalación de Mesas Receptoras de Sufragios:

El domingo 4 de septiembre de 2022, a partir de las 7:30 horas, día del Plebiscito Constitucional, los vocales deberán reunirse en el mismo local designado, para instalar cada mesa receptora de sufragios, y así dar inicio al funcionamiento de éstas a partir de las 8:00 horas. Las que podrán comenzar a funcionar con al menos 3 vocales de los designados por la Junta Electoral.

A partir de las 9:00 horas, el Delegado de la Junta Electoral deberá designar a los vocales que falten hasta completar el mínimo de 3 necesario para poder funcionar, prefiriendo a electores que se ofrezcan voluntariamente. En ese caso no podrán designar como vocales a personas que no sufraguen en el correspondiente local de votación, así como tampoco a personas extranjeras, analfabetas y no videntes. Las personas con discapacidad y quienes tengan 60 o más años podrán excusarse de este deber cívico. El delegado deberá instalar todas las mesas, a más tardar, a las 10:00 horas del día 4 de septiembre de 2022.

Instalada la mesa, las y los vocales originalmente designados podrán incorporarse a ella, en orden de presentación, hasta completar el máximo de cinco, sin que puedan reemplazar a los vocales designados en virtud del inciso anterior y siempre que ello ocurra con anterioridad a las 11:00 horas.

Identificación de Electores:

Las y los electores nacionales podrán identificarse y sufragar con sus cédulas de identidad o con sus pasaportes vigentes o que hayan vencido a contar del 1 de octubre de 2019. La misma regla se aplicará al elector extranjero respecto a la cédula de identidad para extranjeros.

Funcionamiento de las Mesas Receptoras de Sufragios:

Los vocales, los electores que asistan a votar y los apoderados deberán, en todo momento, adoptar y respetar las medidas necesarias para no entorpecer y/o demorar el proceso de votación y escrutinio en las mesas receptoras de sufragio, y además portar mascarilla, mantener distanciamiento físico de, al menos, un metro y utilizar frecuentemente alcohol gel para desinfectarse las manos.

Cierre de la votación y escrutinio:

A las 18:00 horas del día 4 de septiembre si existieren filas con electores al exterior de los locales de votación esperando a sufragar, el Delegado y el Jefe de la Fuerza deberán permitir su ingreso para efectos de que todos ellos puedan sufragar.

El presidente de la mesa deberá comprobar a las 18:00 horas si es que hubiere electores de la mesa esperando para sufragar, en las filas al interior o exterior del respectivo local de votación; caso en el cual la mesa deberá recibir el sufragio de todos ellos antes de proceder con el cierre de la votación, continuando luego, con el proceso escrutinio de conformidad a la ley.

El local de votación deberá permanecer abierto hasta concluido el proceso de escrutinio público.

Horarios preferentes de votación para diferentes grupos de personas.

Se establecen los siguientes horarios preferentes para la votación de los electores comprendidos en los grupos etarios o de riesgo que, en adelante, se indican:

  • Mujeres embarazadas, personas que tengan algún tipo de discapacidad, y electores que requieran ser asistidos en el ejercicio de su sufragio tendrán derecho preferente para votar durante todo el proceso de votación.
  • Electores adultos mayores desde los 60 años tendrán preferencia para votar durante todo el proceso de votación. Sin embargo, el Servicio Electoral sugiere y recomienda que este grupo etario concurra a sufragar entre las 14:00 y 18:00 horas.

Designación de vocales de las mesas receptoras de sufragios, causales de excusa o exclusión de los vocales y de los miembros de los colegios escrutadores y formas de acreditarlas.

  • Las Juntas Electorales designarán los vocales que ejercerán en ellas. El número o cantidad de vocales que integre cada mesa receptora de sufragios que funcione en Chile será de 5 vocales. En el extranjero, el número de vocales que integran una mesa receptora de sufragio será de 3 vocales.
  • Cualquier vocal podrá excusarse de desempeñar el cargo, de conformidad con las causales de excusa del artículo 49 de la ley 18.700. Las excusas deberán ser formuladas por escrito ante el secretario de la junta electoral respectiva.
  • La causal de excusa para desempeñar las funciones de vocal de mesa receptora de sufragios o de miembro de Colegio Escrutador, se rebaja a 60 años de edad. En todo caso personas mayores de 60 años, siempre podrán ofrecerse voluntariamente para ejercer como vocal de mesa.

Así también, se entenderán excusadas de cumplir las tareas de vocal:

  • Las mujeres embarazadas durante todo el período de gestación.
  • El padre o la madre de un hijo o hija de menor de dos años al día 4 de septiembre de 2022.
  • Quienes se desempeñen como cuidadoras o cuidadores de adultos mayores o personas con necesidades especiales, con dependencia o discapacidades.
  • Las que se desempeñen en los establecimientos de larga estadía para adultos mayores (Eleam).

Adicionalmente, se podrán acreditar las correspondientes excusas ante el Delegado del local el día del plebiscito, o ante el Juez de Policía Local si llegaren a ser citados con posterioridad.

  • Las causales de excusa podrán ser acreditadas a través de los medios previstos en la Ley, esto es, certificados médicos, certificados de nacimiento, copias de cédulas de identidad; y, además, podrán presentarse otros documentos que sean admisibles por las Juntas Electorales según la naturaleza o tipo de causal invocada por el elector.
  • Las Juntas Electorales, al designar vocales o miembros de colegios escrutadores en reemplazo no considerarán a los electores de 60 o más años.

Aforo máximo de personas al interior de los locales de votación y distanciamiento de electores tanto dentro como al exterior de dichos locales. 

  • Los y las electores que concurran a votar deberán asistir sin la compañía de otra persona, salvo el caso de aquellos que requieran ser asistidos al momento de ejercer su sufragio, así como personas que deban ir acompañados por un niño, niña o adolescente por causa de fuerza mayor.
  • Se establece un aforo máximo para los electores en los locales de votación. La base general de referencia del cálculo del aforo será el número que resulte de multiplicar 15 por el número de mesas.
  • En el cálculo del aforo del local y su control al ingreso, no se contabilizará a los vocales de mesa, a los apoderados, ni tampoco a quienes cumplan un rol o función electoral durante la jornada.

Equipos periodísticos

  • Los equipos periodísticos deberán acreditarse con la credencial del medio de comunicación respectivo ante el Delegado en la oficina electoral del local de votación. Deberán coordinarse entre ellos respecto del tiempo que permanecerán al interior de los locales de votación.
  • Deberán respetar la distancia física entre medios de comunicación, electores y personal con rol electoral, así como las demás normas dispuestas en el Protocolo Sanitario del Plebiscito Constitucional 2022.
  • Deberán organizarse para cubrir el voto de personas públicamente notorias o autoridades. En cualquier caso, las entrevistas a las personas antes mencionadas deberán realizarse fuera de los locales de votación, por lo menos a diez metros de cualquier ingreso o salida del recinto.

No se podrá exigir a los electores para el ingreso a los locales de votación el pase de movilidad ni efectuar controles de temperatura.

A partir del cierre de las mesas, se permitirá la presencia de personas para el escrutinio de las mismas, debiendo mantener un distanciamiento de no menos de un metro, entre los electores y respecto de los vocales de mesa y apoderados, particularmente en lo relativo al Protocolo Sanitario del Plebiscito Constitucional 2022.

Adicionalmente, podrán concurrir los medios de comunicación en los términos establecidos anteriormente.

Apoderados

  • Podrá asistir 1 apoderado en cada una de las instancias anteriores por cada:
  • Partido político que integre o no un comando, registrado para hacer campaña en el Servicio Electoral.
  • Los comandos de organizaciones de la sociedad civil y parlamentarios independientes registrados para hacer campaña en el Servicio Electoral.
  • Organización de la Sociedad Civil que no integre un comando registrado para hacer campaña en el Servicio Electoral.
  • Parlamentario independiente que no integre un comando registrado para hacer campaña en el Servicio Electoral.
  • Un mismo apoderado sólo podrá representar a la opción en que se registró en el Servicio Electoral su comando, partido político, organización de la sociedad civil o parlamentario independiente.
  • Los apoderados generales de local de votación y sus suplentes, de colegio escrutador y de junta electoral serán designados por los delegados registrados en el Servicio Electoral al momento de inscribirse para hacer campaña, ya sea que se trate de un comando, partido político, organización de la sociedad civil o parlamentario independiente. También podrán ser designados por los representantes legales de los partidos políticos o de estos organismos cuando tengan personalidad jurídica. Los apoderados de mesa receptora de sufragios y apoderados ante la oficina electoral del local de votación serán designados por el apoderado general del local o su suplente.
  • Todos los apoderados podrán ser designados mediante poder simple.
  • Un apoderado general de local, su suplente y los apoderados de mesa, podrán ser sustituidos durante el día de votación, mediante un poder suscrito por quien corresponde en cada caso.
  • Queda prohibido a los apoderados hacer uso de elementos de propaganda electoral, debiendo dar cumplimiento estricto a las normas emitidas por el Servicio Electoral sobre credenciales y carpetas.
  • Los apoderados de mesa podrán ejercer su función conforme a las facultades que les entrega la Ley N°18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, en particular en lo relativo a solicitar al presidente de la Mesa Receptora de Sufragios examinar los votos, como también solicitar dejar consignado en el acta de la mesa los hechos o circunstancias que puedan ser relevantes para el proceso.

Obligación del uso de mascarillas y otros medios de protección sanitaria para electores, y quienes se encuentren al interior de los locales de votación. 

Conforme a lo dispuesto en el Protocolo Sanitario del Plebiscito Constitucional 2022, todos los electores, apoderados, medios de comunicación y quienes no cumplan roles o funciones electorales, sea que se encuentren dentro o fuera de un local de votación y colegios escrutadores, deberán llevar alcohol gel y sus propias mascarillas, las que deberán usar en forma permanente.

Conozca las Normas e Instrucciones y Protocolo Sanitario del Consejo Directivo de Servel publicado en el Diario Oficial aquí  




LISTO PADRON ELECTORAL PARA PLEBISCITO CONSTITUCIONAL

Este 6 de julio y tal como establece la ley, Servel dispuso el Padrón Electoral y la Nómina de Inhabilitados con carácter de definitivo para el Plebiscito Constitucional 2022.

El Padrón definitivo y la Nómina de Inhabilitados publicados omiten datos relativos al número de rol único nacional, sexo y domicilio electoral de los electores.

Los electores habilitados en todo el territorio nacional suman 15.076.690; cabe hacer notar que está vez el voto del 4 de septiembre será obligatorio.

De este padrón 7.347.997 corresponden a varones y 7.728.693 corresponden a mujeres, mientras en el extranjero sufragaran 97.239 electores habilitados.

Las principales cifras del Padrón Electoral y la Nómina de Inhabilitados con carácter definitivo son:

Hombre Mujer Total
Total Habilitados en Chile        7.347.997 49%      7.728.693 51%   15.076.690
Electores en el extranjero            46.747 48%            50.492 52%            97.239
 
 
Total Inhabilitados en Chile         177.746 67%            88.376 33%         266.122

El Servel entregó :

Padrón Electoral Definitivo en territorio nacional

Padrón Definitivo en el Extranjero

Nómina definitiva de inhabilitados en territorio nacional

Nómina definitiva de inhabilitados en el extranjero




SERVEL:EL 1º VENCE PLAZO PARA CAMBIO DE DOMICILIO ELECTORAL

Muchos ciudadanos que participaron en las elecciones anteriores debieron sufrir un cambio de dirección obligado por el tema de la nueva distribución con el fin de enfrentar de mejor forma el proceso electoral en plena pandemia COVID. Por ello informó que el 1º de mayo de 2022 vence plazo para actualizar domicilio electoral registrado.

Este 1º de mayo a las 23:59 horas vence el plazo para solicitar el cambio del domicilio electoral registrado, así como cualquier modificación al Registro Electoral, con miras a la elaboración del Padrón Electoral del Plebiscito Constitucional. Cabe destacar que ejercer el derecho a voto esta vez será obligatorio para el Plebiscito Constitucional a efectuarse el 4 de septiembre de 2022.

La ley aprobada en el Congreso Nacional para el llamado a plebiscito señala la obligatoriedad de votar a cada ciudadano de la República que cumpla con los requisitos de edad superior a 18 años

Este plazo forma parte de una serie de modificaciones a la ley aprobadas por el Congreso, entre las que se hace aplicable al Plebiscito Constitucional la asignación de un local cercano al domicilio electoral registrado en Servel. De esta forma, que el elector mantenga un domicilio electoral actualizado facilitará el cumplimiento del sufragio obligatorio para el Plebiscito Constitucional.

Quienes no concurran a votar en esta instancia, arriesgan multas de 3 UTM, que puede superar los 165 mil pesos.

Tanto la consulta como la actualización del domicilio electoral se pueden realizar vía online, ingresando a www.miconsulta.servel.cl. También, se puede realizar de forma presencial en las Direcciones Regionales de Servel, en las oficinas de Chile Atiende, en los consulados de Chile en el mundo y en las oficinas del Registro Civil al renovar la cédula de identidad o pasaporte. Para la realización del trámite en línea es necesaria la Clave Única, en tanto que de forma presencial sólo bastará con la presentación de la cédula de identidad.

Ingresar para cambiar domicilio a miconsulta.servel.cl.




Servel informa instalación del 98,75% de las mesas en Chile

Hoy, pasadas las 10:00 de la mañana, el Presidente del Consejo Directivo del Servicio Electoral (Servel), Andrés Tagle, entregó el Primer Boletín sobre el proceso de instalación de mesas receptoras de sufragio en la Segunda Votación de las Elecciones Presidenciales 2021.

De acuerdo a lo informado, en Chile, sobre un universo de 46.639 mesas receptoras de sufragio determinadas para esta votación, se encuentran instaladas un total de 46.054, equivalentes al 98,75%. En tanto, en el extranjero, sobre un universo de 249 mesas receptoras de sufragio determinadas para estas votaciones, se encuentran instaladas un total de 171, equivalentes al 68, 67% de las mesas.

El detalle de la instalación de mesas, desagregado a nivel de Chile y del extranjero se encuentra disponible en el sitio web www.servelelecciones.cl.

Andrés Tagle recordó que “las mesas receptoras de sufragio funcionarán en horario continuado hasta las 18:00 horas, y en el extranjero de acuerdo al huso horario que corresponda”.

Asimismo, recordó al electorado que “debe marcar una sola preferencia en la cédula electoral que le entregue la mesa receptora de sufragios. En caso de marcar más de una, el voto será considerado nulo”.

Los electores pueden revisar si están habilitados para sufragar, si han sido designados vocales de mesa o miembros de colegio escrutadores, y la ubicación de su local de votación en www.servel.cl o llamando al teléfono 6006000166 y desde el extranjero al número 56229153265.




SERVEL DICTA NORMAS  PARA ELECCIONES 21 DEL NOVIEMBRE

El Consejo Directivo del Servicio Electoral, conforme a la ley que lo faculta a dictar las normas e instrucciones necesarias para el desarrollo de los procesos electorales ha determinado para los comicios del 21 de noviembre de 2021:

  1. Constitución de Mesas Receptoras de Sufragios:

El sábado 20 de noviembre de 2021, a las 15:00 horas, se realizará el acto de constitución de mesas receptoras de sufragios, el que deberá contar con la participación de todos los vocales designados por las Juntas Electorales.

Luego que se realice el acto de constitución de las mesas, se efectuará una capacitación obligatoria dirigida a las y los vocales de mesas receptoras de sufragios sobre el proceso electoral y medidas sanitarias a aplicar. Se dispondrá, además, de información virtual y videos para todos quienes desempeñen el rol de vocal, siendo obligatoria su revisión.

  1. Instalación de Mesas Receptoras de Sufragios:

 A partir de las 7:30 horas, del domingo 21 de noviembre, los vocales deberán reunirse en el mismo local designado, para instalar cada mesa receptora de sufragios, y así dar inicio al funcionamiento de éstas.

Las mesas se instalarán a las 8:00 horas y podrán comenzar a funcionar con al menos 3 vocales de los designados por la Junta Electoral.

A partir de las 9:00 horas, el Delegado de la Junta Electoral deberá designar a los vocales que falten hasta completar el mínimo de 3 necesario para poder funcionar, prefiriendo a electores que se ofrezcan voluntariamente. En ese caso no podrán designar como vocales a personas que no sufraguen en el correspondiente local de votación, así como tampoco a personas extranjeras, analfabetas y no videntes. Las personas con discapacidad y quienes tengan 60 o más años podrán excusarse de este deber cívico. El delegado deberá instalar todas las mesas, a más tardar, a las 10:00 horas del día 21 de noviembre de 2021.

Horario de funcionamiento de las mesas receptoras de sufragios:

A las 18:00 horas del día de la elección, el presidente de la mesa declarará cerrada la votación a menos que, llegada la hora de cierre, hubiere electores de la mesa esperando para sufragar.

 

Horarios Preferentes:

 

  • Mujeres embarazadas, personas que tengan algún tipo de discapacidad, y electores que requieran ser asistidos en el ejercicio de su sufragio tendrán derecho preferente para votar durante todo el proceso de votación.

 

  • Electores adultos mayores desde los 60 años tendrán preferencia para votar durante todo el proceso de votación. Sin embargo, el Servicio Electoral sugiere y recomienda que este grupo etario concurra a sufragar entre las 14:00 y 18:00 horas, en razón a que son los horarios de menor concurrencia de electores y en los que se producen menores aglomeraciones.

 

  • La preferencia señalada anteriormente implica que otros electores diferentes a los anteriormente señalados, deben permitir que estos grupos preferentes voten en primer lugar, y antes que ellos sin importar el horario de llegada al local de votación o a la mesa.
  1. Vocales de mesa:

Las Juntas Electorales determinarán los vocales que ejercerán en ellas. El número o cantidad de vocales que integre cada mesa receptora de sufragios que funcione en Chile será de 5 vocales. En el extranjero, el número de vocales que integran una mesa receptora de sufragio será de 3 vocales.

Cualquier vocal podrá excusarse de desempeñar el cargo, desde el 2 y hasta el 4 de noviembre, de conformidad con las causales de excusa del artículo 49 de la ley 18.700. Las excusas deberán ser formuladas por escrito ante el secretario de la junta electoral respectiva.

Sin perjuicio de lo anterior se establece que la causal de excusa establecida en el número 4 del artículo 49 de la ley 18.700, para desempeñar las funciones de vocal de mesa receptora de sufragios o de miembro de Colegio Escrutador, se rebaja a 60 años de edad.

Así también, se entenderán excusadas de cumplir las tareas de vocal:

  • Las mujeres embarazadas durante todo el período de gestación
  • El padre o la madre de un hijo o hija de menor de dos años al día 21 de noviembre de 2021
  • Quienes se desempeñen como cuidadoras o cuidadores de adultos mayores o personas con necesidades especiales, con dependencia o discapacidades
  • Las que se desempeñen en los establecimientos de larga estadía para adultos mayores (Eleam).

 

Adicionalmente, se podrán acreditar las correspondientes excusas ante el Delegado del local el día de la elección o ante el Juez de Policía Local si llegaren a ser citados con posterioridad. Acreditado los antecedentes, los delegados de local no podrán considerar para la instalación de las mesas a las personas que se encuentren en algunas de las situaciones mencionadas.

  1. Medios de prensa:

Los equipos periodísticos deberán acreditarse con la credencial del medio de comunicación respectivo ante el Delegado en la oficina electoral del local de votación. Deberán coordinarse entre ellos respecto del tiempo que permanecerán al interior de los locales de votación, de manera que todos tengan la oportunidad de cubrir las votaciones en las mesas receptoras de sufragios sin producir aglomeraciones.

Los medios de comunicación deberán organizarse para cubrir el voto de personas públicamente notorias, candidatos o autoridades. En cualquier caso, las entrevistas a las personas antes mencionadas deberán realizarse fuera de los locales de votación, por lo menos a diez metros de cualquier ingreso o salida del recinto.

  1. Apoderados

Los partidos políticos que participen en la elección, así como los candidatos independientes, podrán designar apoderados para las actuaciones de las juntas electorales, de las oficinas electorales de los locales de votación, de los locales de votación, de las mesas receptoras de sufragios y de los colegios escrutadores, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 169 de la ley 18.700.

Todos los apoderados podrán ser designados mediante poder simple.

  1. Lápiz pasta azul

 

Los y las electores deberán firmar en el respectivo padrón de mesa y marcar su preferencia en la cédula electoral haciendo uso de su propio lápiz pasta de color azul o el que al efecto le proporcionará el presidente de mesa.

Los y las electores que concurran a votar deberán asistir sin la compañía de otra persona, salvo el caso de aquellos que requieran ser asistidos al momento de ejercer su sufragio, así como personas que deban ir acompañados por un niño, niña o adolescente por causa de fuerza mayor.

Conforme a lo dispuesto en el Protocolo Sanitario de las Elecciones Generales Noviembre 2021, todos los electores, apoderados, medios de comunicación y quienes no cumplan roles o funciones electorales, sea que se encuentren dentro o fuera de un local de votación y colegios escrutadores, deberán llevar alcohol gel y sus propias mascarillas, las que deberán usar en forma permanente.

Acuerdo Consejo Directivo Servicio Electoral Dicta norma e instrucciones que indica para el desarrollo de las Elecciones Presidencial, Parlamentarias y de Consejeros y Consejeras Regionales del 21 de noviembre de 2021.

Publicado el 08 de octubre de 2021

Publicación en el Diario Oficial acá




SERVEL: NUEVA FECHA PARA LAS ELECCIONES: 15 Y 16 DE MAYO

El SERVEL, luego que el Presidente Piñera promulgara la Reforma Constitucional que cambia fecha de las elecciones, dio a conocer los alcances que esta tiene sobre candidatos, medios de comunicación, plataformas digitales, redes sociales y aplicaciones.

No hay duda que esta Reforma, que dividió a la Cámara de Diputados y el Senado de la República y dejó algunos candidatos con más ventajas que a otros. Por ello es interesante ver esta información publicada en el portal del SERVEL que marca la nueva cancha para los candidatos, Prensa y Redes Sociales.


PUBLICACION DEL SERVEL.

Con la publicación de la reforma constitucional que posterga las elecciones de Convencionales Constituyentes, Gobernadores Regionales, Alcaldes y Concejales, electores y electoras podrán elegir si votar el sábado 15 o el domingo 16 de mayo.

Este miércoles 7 de abril fue publicada en el Diario Oficial la ley 21.324 que posterga las próximas elecciones Municipales, de Gobernadores Regionales y de Convencionales Constituyentes por motivo del covid-19, por lo que éstas ahora se realizarán el sábado 15 y domingo 16 de mayo en todo el país.

En esta nueva fecha se utilizará el Padrón Electoral elaborado por el Servicio Electoral para la elección que originalmente se celebraría el 10 y 11 de abril.

En el caso de los vocales de mesa, se mantienen los ya designados por las Juntas Electorales en la nómina definitiva publicada el 27 de marzo, quienes deben concurrir a la constitución de sus mesas el viernes 14 de mayo a las 15:00 horas, y el sábado 15 y domingo 16 de mayo desde 7:30 horas a la instalación de mesas y votaciones.

Todos los electores y electoras podrán optar por ir a votar el sábado 15 o el domingo 16 de mayo. Cualquiera de los dos días, deberán acudir a su local de votación y mesa receptora de sufragios. Es necesario que conozcan sus datos ingresando a consulta.servel.cl/ o llamando al 600 6000 166.

Para estas elecciones hay un total de 16.730 candidatos y 744 tipos de cédulas electorales, por lo que es de suma importancia que cada elector conozca anticipadamente a su candidato o candidata y así vote de forma rápida y segura. Para ello, Servel ha dispuesto de una plataforma donde solo con ingresar el RUN se accede a los listados de candidatos para cada elección, en  consulta-candidato.servel.cl/. Además, los facsímiles de las cédulas electorales se encuentran disponibles en elecciones2021.servel.cl/cedulas-electorales-abril-2021/.

La reforma constitucional implica también cambios en otros procesos eleccionarios 2021: la eventual segunda votación de Gobernadores Regionales se desarrollará el 13 de junio. Y la elección primaria Presidencial y Parlamentaria se realizará el 18 de julio.

La reforma indica que “Las inscripciones, actualizaciones y modificaciones del Registro Electoral se reanudarán, en el caso de las elecciones primarias de 2021, el día siguiente a las elecciones de Convencionales Constituyentes, Gobernadores Regionales y de autoridades municipales, y hasta el sexagésimo día anterior a dichas elecciones primarias”.

Tratándose de las elecciones presidencial, parlamentarias y de consejeros regionales de 2021, esta reanudación se efectuará a partir del día siguiente a las elecciones de 15 y 16 de mayo, esto es el 17 de mayo, y se suspenderá 140 días anteriores a las elecciones generales señaladas, lo que se informará oportunamente.

 

Otros aspectos que considera la reforma

  • Los Alcaldes que además son candidatos, retomarán sus funciones desde la publicación de la ley hasta un mes antes de los comicios, es decir, el 15 de abril. Desde esa fecha deberán dejar nuevamente sus cargos.
  • Se suspenden las campañas electorales desde las 24 horas del día de la publicación de la reforma constitucional, para retomarse desde el 29 de abril, hasta el 13 de mayo inclusive.
  • Durante la suspensión de la campaña electoral no podrá realizarse propaganda electoral en:
  1. Prensa escrita y radioemisoras;
  2. Plazas, parques u otros espacios públicos;
  3. Por activistas o brigadistas en la vía pública, y
  4. Medios de comunicación social, plataformas digitales, redes sociales, aplicativos y aplicaciones de internet, pagados o a título oneroso.
  • Será responsabilidad de cada candidatura retirar los elementos de propaganda electoral en la vía pública, así como suspender las transmisiones y/o publicaciones contratadas en medios de comunicación social. Lo anterior, sin perjuicio de las responsabilidades de cada medio de conformidad a la ley.
  • Tratándose de la propaganda en espacios privados, ésta podrá permanecer siempre que haya sido instalada e informada al Servicio Electoral a más tardar el 07 de abril. En ningún caso, podrán efectuarse nuevas instalaciones durante el periodo de suspensión. Esta disposición también será extensiva a la propaganda exhibida en las sedes oficiales y oficinas de propaganda de los partidos políticos y candidaturas.
  • Durante la suspensión, no podrán efectuarse aportes de campaña a las candidaturas o partidos políticos, ya sea en dinero o valorizados.
  • Durante el período de suspensión de la campaña electoral sólo se podrán efectuar gastos por los siguientes conceptos:
  1. Derechos de uso o arrendamiento de bienes muebles e inmuebles destinados al funcionamiento de los equipos de campaña o a la celebración de actos de proselitismo electoral;
  2. Pagos efectuados a personas que presten servicios a las candidaturas, excluyendo brigadistas, y
  3. El costo de los endosos y los intereses, el impuesto de timbre y estampillas, los gastos notariales y, en general, todos aquellos gastos en que haya incurrido por efecto de la obtención de los créditos recibidos para la campaña electoral, devengados hasta la fecha en que se dé cumplimiento a lo dispuesto en el inciso primero del artículo 47 de la Ley N° 19.884.

Cualquier otro gasto electoral, distinto a los enumerados, y que se efectúe durante la suspensión de la campaña, será rechazado.

  • Los días de las elecciones, 15 y 16 de mayo, serán feriados legales, pero no irrenunciables.
  • El bono de los asesores del delegado de la Junta Electoral ascenderá a la suma de 0,6 unidades de fomento por jornada, por todas las tareas realizadas los días 15 y 16 de mayo.



Sorteo del orden de las listas declaradas para elecciones de abril de 2021

Este 14 de enero a las 9.00 hrs. en el Servicio Electoral y ante su Director Nacional, Raúl García, se dio cumplimiento al Decreto Exento N° 1.886 de fecha 24 de noviembre de 2020, la Ley N° 21.221, Reforma Constitucional que establece un nuevo itinerario electoral para el Plebiscito Constituyente y otros eventos electorales y, el articulo N° 24 de la Ley N° 18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, el artículo 91 de la Ley N° 19.195 Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional y el artículo 114 de la Ley N° 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades, de realizar en audiencia pública, el sorteo del orden de las 101 listas declaradas, para determinar la precedencia de los candidatos en las respectivas cédulas electorales, para las elecciones de Convencionales Constituyentes, Gobernadores Regionales, Alcaldes y Concejales, que se llevarán a efecto el domingo 11 de abril de 2021.

En esta ocasión y en concordancia con las medidas de sanidad impuestas por efectos de la pandemia, este sorteo se llevó a cabo vía telemática y transmitido por redes sociales de Servel.

El sorteo se efectuó con letras del abecedario en número igual al de listas declaradas, incorporándose a este abecedario las siguientes combinaciones de letras (XA…….XZ ;YA……..YZ; ZA, ZB, ZC, ZD……etc.) asignándole la primera letra que arroje el sorteo a la lista primeramente declarada y las restantes letras a las demás en el orden de su recepción y se obtiene el siguiente resultado

Las letras asignadas distinguirán a las listas en las cédulas oficiales en todos los territorios electorales para la elección de Convencionales Constituyentes, Gobernadores Regionales, Alcaldes y Concejales.

En el caso de la identificación de escaños reservados para los Pueblos Indígenas, estos se identificarán en la Cédula Oficial con el nombre del Pueblo Indígena que corresponda.

ECOLOGISTAS E INDEPENDIENTES (Gobernadores Regionales, Alcaldes y Concejales)

 

  LETRA: XZ
CHILE VAMOS (Gobernadores Regionales y Alcaldes)

 

LETRA: XX 
CHILE VAMOS RENOVACIÓN NACIONAL – INDEPENDIENTES (Concejales)

 

LETRA: XK
CHILE VAMOS UDI – INDEPENDIENTES (Concejales)

 

LETRA: ZJ
CHILE VAMOS EVOPOLI – INDEPENDIENTES (Concejales) LETRA: ZG
CHILE VAMOS – PRI E INDEPENDIENTES (Concejales)

 

LETRA: YM
FRENTE AMPLIO (Gobernadores Regionales, Alcaldes y Concejales)

 

LETRA: XS
UNIDAD CONSTITUYENTE (Gobernadores Regionales)           

 

LETRA: YN

 

 

MOVIMIENTOS SOCIALES AUTÓNOMOS (Convencionales Constituyentes)

 

LETRA: P
DIGNIDAD AHORA (Alcaldes y Concejales)

 

LETRA: XY
HUMANICEMOS CHILE (Gobernadores Regionales)

 

LETRA: YA
IGUALDAD PARA CHILE (Gobernadores Regionales)

 

LETRA: U
A PULSO, POR EL BUEN VIVIR (Convencionales Constituyentes)

 

LETRA: XC
INDEPENDIENTES CRISTIANOS (Gobernadores Regionales, Alcaldes
y Concejales)
LETRA: YC
CIUDADANOS CRISTIANOS (Convencionales Constituyentes)

 

LETRA: YX
RADICALES E INDEPENDIENTES (Concejales)

 

LETRA: ZU
ORGANIZACIONES SOCIALES Y TERRITORIALES DEL WALLMAPU (Convencionales Constituyentes)

 

LETRA:ZK
INDEPENDIENTES NUEVA CONSTITUCION (Convencionales Constituyentes)

 

LETRA: ZA
CORRIENTES INDEPENDIENTES (Convencionales Constituyentes)

 

LETRA: YZ
UNIDAD POR EL APRUEBO P.S PPD E INDEPENDIENTES (Concejales)

 

LETRA: YW
VOCES CONSTITUYENTES (Convencionales Constituyentes)

 

LETRA: T
LA LISTA DEL PUEBLO MAULE SUR (Convencionales Constituyentes)

 

LETRA: ZD
LA LISTA DEL PUEBLO (Convencionales Constituyentes)

 

LETRA: ZN
INSULARES E INDEPENDIENTES (Convencionales Constituyentes)

 

LETRA: G
INDEPENDIENTES CON CHILE (Convencionales Constituyentes)

 

LETRA: ZY
MOVIMIENTOS SOCIALES INDEPENDIENTES (Convencionales Constituyentes)

 

LETRA: YK
INDEPENDIENTES DEL BIOBÍO POR UNA NUEVA CONSTITUCIÓN (Convencionales Constituyentes)

 

LETRA: I
MOVIMIENTO SOCIAL CONSTITUYENTE (Convencionales Constituyentes)

 

LETRA: XT
SEXTA UNIDA (Convencionales Constituyentes)

 

LETRA: XV
COORDINADORA SOCIAL DE MAGALLANES (Convencionales Constituyentes)

 

LETRA: ZI
UNIDOS POR LA DIGNIDAD (Alcaldes y Concejales)

 

LETRA: XU
MOVIMIENTOS SOCIALES: UNIDAD DE INDEPENDIENTES (Convencionales Constituyentes)

 

LETRA: ZL
MOVIMIENTOS SOCIALES PLURINACIONALES E INDEPENDIENTES (Convencionales Constituyentes) LETRA: ZH
TARAPACAFELIZ (Convencionales Constituyentes)

 

LETRA: ZO
SOBERANÍA CIUDADANA (Convencionales Constituyentes)

 

LETRA: D
INDEPENDIENTES POR UNA NUEVA CONSTITUCIÓN (Convencionales Constituyentes)

 

LETRA: YV
INDEPENDIENTES POR UNA ATACAMA FELIZ (Convencionales Constituyentes)

 

LETRA: XQ
NOBLES HIJXOS DE TARAPACÁ (Convencionales Constituyentes)

 

LETRA: XB
LISTA SOCIAL PODER CONSTITUYENTE A TODA COSTA (Convencionales Constituyentes)

 

LETRA: YT
MOVIMIENTO INDEPENDIENTES DEL NORTE (Convencionales Constituyentes)

 

LETRA: ZZ
INDEPENDIENTES DE TARAPACÁ (Convencionales Constituyentes)

 

LETRA: A
BIOBÍO SIN PARTIDOS (Convencionales Constituyentes) LETRA: F

 

INDEPENDIENTES POR LA NUEVA CONSTITUCION (Convencionales Constituyentes)

 

LETRA: ZT
FELICES E INDEPENDIENTES (Convencionales Constituyentes)

 

LETRA: YJ
DECISIÓN CIUDADANA (Convencionales Constituyentes)

 

LETRA: ZM
LISTA DEL PUEBLO TRANSFORMANDO DESDE EL WILLI (Convencionales Constituyentes)

 

LETRA: Q
LISTA DEL APRUEBO (Convencionales Constituyentes)

 

LETRA: YB
FELICES SIN PARTIDOS (Convencionales Constituyentes)

 

LETRA: ZP
VAMOS POR CHILE (Convencionales Constituyentes)

 

LETRA: XP
REPUBLICANOS (Gobernadores Regionales, Alcaldes y Concejales)

 

LETRA: XO
LA LISTA DEL PUEBLO 100 % INDEPENDIENTES (Convencionales Constituyentes)

 

LETRA: YP
REGIONALISMO CIUDADANO INDEPENDIENTE (Convencionales Constituyentes)

 

LETRA: XM
INDEPENDIENTES FELICES (Convencionales Constituyentes LETRA: ZS

 

INDEPENDIENTES TRANSPARENTES (Convencionales Constituyentes)

 

LETRA: C
INDEPENDIENTES DEL NORTE GRANDE POR UNA NUEVA CONSTITUCIÓN (Convencionales Constituyentes)

 

LETRA: L
FELICES SIN PARTIDO (Convencionales Constituyentes) LETRA: YR

 

NUEVO TIEMPO (Alcaldes y Concejales) LETRA: YG

 

APRUEBO DIGNIDAD (Convencionales Constituyentes) LETRA: YQ
   
CIUDADANOS INDEPENDIENTES (Alcaldes y Concejales)

 

LETRA: XE
INDEPENDIENTES DE ÑUBLE POR LA NUEVA CONSTITUCIÓN (Convencionales Constituyentes)

 

LETRA: YF
FUERZA POPULAR TERRITORIAL (Convencionales Constituyentes)

 

LETRA: V
INDEPENDIENTES Y MOVIMIENTOS SOCIALES DEL APRUEBO (Convencionales Constituyentes)

 

LETRA: YU
INDEPENDIENTES DISTRITO 6 + LISTA DEL PUEBLO (Convencionales Constituyentes)

 

LETRA: S
PUEBLO UNIDO TARAPACA (Convencionales Constituyentes)

 

LETRA: E
CHILE DIGNO VERDE Y SOBERANO (Alcaldes y Concejales)

 

LETRA: M
POR DIGNIDAD REGIONAL (Gobernadores Regionales)

 

LETRA: ZV
REGIONALISTAS VERDES (Gobernadores Regionales)

 

LETRA: ZX
LISTA DEL PUEBLO – RÍOS INDEPENDIENTES (Convencionales Constituyentes)

 

LETRA: XD
NUESTRAS VOCES (Convencionales Constituyentes)

 

LETRA: ZQ
INDEPENDIENTES COMO TÚ (Convencionales Constituyentes)

 

LETRA: H
PARTIDO ECOLOGISTA VERDE (Convencionales Constituyentes)

 

LETRA: XA
MAGALLANICOS NO NEUTRALES (Convencionales Constituyentes)

 

LETRA: XR
FELICES E INDEPENDIENTES D9 (Convencionales Constituyentes)

 

LETRA: XW
PARTIDO HUMANISTA (Convencionales Constituyentes) LETRA: XG

 

UNIÓN PATRIOTICA (Gobernadores Regionales, Alcaldes, Concejales
y Convencionales Constituyentes) 
LETRA:ZB
LA LISTA DEL PUEBLO DISTRITO 12 (Convencionales Constituyentes)

 

LETRA: YL
PROFESORAS E INGENIERAS (Convencionales Constituyentes)

 

LETRA: YH
FUTURO FELIZ (Convencionales Constituyentes)

 

LETRA: B
CABILDO AUTOCONVOCADO (Convencionales Constituyentes)

 

LETRA: ZF
UNIDAD POR EL APRUEBO (Alcaldes)

 

LETRA: K
FYF DEMOCRACIA DIGITAL (Convencionales Constituyentes)

 

LETRA: YY
ASAMBLEA POPULAR POR LA DIGNIDAD (Convencionales Constituyentes)

 

LETRA: XI
ASAMBLEA POPULAR CONSTITUYENTE (Convencionales Constituyentes)

 

LETRA: ZW
LA LISTA DEL PUEBLO DISTRITO 9 (Convencionales Constituyentes)

 

LETRA: N
FELICES SIN PARTIDO D26 (Convencionales Constituyentes)

 

LETRA: R
FELIZ DEMOCRACIA (Convencionales Constituyentes)

 

LETRA: O
COMUNIDAD INDEPENDIENTE DE MAULE (Convencionales Constituyentes)

 

LETRA: YO
PARTIDO DE TRABAJADORES REVOLUCIONARIOS (Gobernadores Regionales, Concejales y Convencionales Constituyentes)

 

LETRA: ZR
MOVIMIENTO SOCIAL “LA LISTA DEL PUEBLO” (Convencionales Constituyentes)

 

LETRA: ZE
CHILE INDEPENDIENTE (Convencionales Constituyentes)

 

LETRA: W
INDEPENDIENTES SIN PADRINOS (Convencionales Constituyentes)

 

LETRA: YS
ENERGIA INDEPENDIENTE (Convencionales Constituyentes)

 

LETRA: XF
AUTONOMIA SOCIAL Y SINDICAL TARAPACA (Convencionales Constituyentes)

 

LETRA: XN
LISTA POR LA JUSTICIA SOCIAL (Convencionales Constituyentes)

 

LETRA: XH
PATAGONIA SOMOS TODOS (Convencionales Constituyentes)

 

LETRA: YD
REPUBLICA DE LOS INDEPENDIENTES DE MAGALLANES (Convencionales Constituyentes)

 

LETRA: YE
ELIGE LA LISTA DEL PUEBLO (Convencionales Constituyentes)

 

LETRA: J
COMUNIDAD INDEPENDIENTE VENSEREMOS (Convencionales Constituyentes)

 

LETRA: XL
FUERZA SOCIAL DE ÑUBLE, LA LISTA DEL PUEBLO (Convencionales Constituyentes)

 

LETRA: XJ
FELICES INDEPENDIENTES 8D (Convencionales Constituyentes)

 

LETRA: ZC
LISTA INDEPENDIENTE PARTO SOCIAL (Convencionales Constituyentes)

 

LETRA: YI