SORTEADO ORDEN DE PRECEDENCIA EN CEDULA PRESIDENCIAL

Este viernes 12 de septiembre siendo las 9.00 horas, el Servicio Electoral procedió a realizar el sorteo público para determinar el orden de precedencia de las candidaturas en la cédula electoral para la Elección de Presidente de la República a realizarse el 16 de noviembre del presente año.

Con la presencia su Director Nacional, Raúl García, se realizó el sorteo con números del 1 al 8 en los candidatos a Presidente, quedando de la siguiente forma la precedencia en la cédula electoral.

 

Elección de Presidente de la República

1.__Franco Parisi Fernández

2.__Jeannette Jara Román

3.__ Marco Antonio Enríquez – Ominami Gumucio

4.__Johannes Kaiser Barents – Von Hohenhagen

5.__José Antonio Kast Rist

6.__ Eduardo Antonio Artés Brichetti

7.__ Evelyn Matthei Fornet

8.__Harold Mayne-Nicholls Secul




EJERCITO ASUME SEGURIDAD PROCESO ELECCIONARIO

Ejército de Chile despliega efectivos para garantizar el normal desarrollo de Elecciones Primarias 2025ª partir de este viernes 27 de junio.

En cumplimiento de su rol constitucional, el Ejército de Chile ha iniciado el despliegue de su personal y medios para asegurar el normal desarrollo de las Elecciones Primarias que se llevarán a cabo este fin de semana, a lo largo de todo el país. Esta operación busca garantizar un proceso electoral transparente y expedito para todos los ciudadanos.

A partir del viernes 27 de junio de 2025, más de diez mil efectivos del Ejército de Chile, bajo la autoridad de los Jefes de Fuerza designados por el Ministerio del Interior, asumirán el control de seguridad en más de mil cuatrocientos recintos de votación, que están habilitados para las

Elecciones Primarias. Este despliegue se extenderá hasta el lunes 30 de junio del presente año, una vez finalizado el proceso eleccionario.

La misión principal del personal militar será resguardar el orden público en el interior de los recintos de votación, custodiar el material electoral y colaborar con los delegados del Servicio Electoral

(SERVEL) en todo lo necesario para asegurar la fluidez y el respeto de la normativa vigente. Esto incluye la protección de las urnas, los votos y la infraestructura electoral.

Este tipo de misiones se realiza de manera coordinada con Carabineros de Chile y la Policía de Investigaciones, quienes mantendrán sus funciones de resguardo en el entorno de los locales y en la seguridad de los ciudadanos.

Dirección de Comunicaciones Estratégicas del Ejército.




Voto asistido para personas con discapacidad y adultos mayores

La Presidenta del Consejo Directivo de Servel, Pamela Figueroa, y el Director Nacional, Raúl García, junto a la Ministra de Desarrollo Social y Familia, Javiera Toro, y la Directora Nacional (s) de Senadis, Karen Astorga, explicaron en qué consiste el voto asistido y otras medidas especiales para facilitar el voto de las personas con discapacidad, adultos mayores y personas con movilidad reducida en las Elecciones Primarias Presidenciales de este domingo 29 de junio.

“Como Servel estamos comprometidos en promover una participación electoral informada pero también inclusiva y accesible para todas las personas con equidad en el ejercicio del sufragio”, afirmó Pamela Figueroa, quien explicó que el voto asistido permite que cualquier persona con una discapacidad de origen visual, motor o físico, auditivo, psíquico, o intelectual, tenga la posibilidad de ser acompañada y asistida al momento de votar por alguien de su confianza, que debe ser mayor de 18 años.

Para ello, deben informar previamente al presidente de la mesa y debe quedar registrado en el acta. Es importante saber que una persona puede asistir solo a un elector, a menos que sea un familiar directo.

En tanto, aquellos que concurran solos y necesiten apoyo al momento de sufragar, pueden ser ayudados por la presidente de la mesa, quien se quedará fuera de la cámara para doblar y cerrar el voto con el sello.

“El voto asistido se ha consolidado como una herramienta fundamental en los procesos electorales recientes, permitiendo que quienes enfrentan barreras, ya sea físicas, sensoriales o de comunicación, puedan sufragar de manera autónoma y segura”, destacó la Directora Nacional (s) de Senadis, Karen Astorga.

Atención preferente

Servel ha recomendado a los integrantes de las mesas receptoras de sufragio permitir el voto preferente a mujeres embarazadas, adultos mayores de 70 años, personas con alguna discapacidad y personas calificadas como cuidadoras.

Respecto de esta última condición, la ministra de Desarrollo Social y Familia, Javiera Toro, destacó que “la manera de acreditarlo es la credencial de cuidador de cuidadora, con que cuentan quienes están en el Registro Social de Hogares Acreditados, que puede física o a través de un código QR que las personas cuidadoras también pueden mostrar en su celular”.

Discapacidad visual

Los electores y las electoras con discapacidad visual pueden optar por utilizar una plantilla confeccionada en una mica transparente o plantillas con Sistema Braille.

Estas plantillas existen en cada local de votación y podrán ser solicitadas al delegado del local. También pueden optar al voto asistido.

Movilidad reducida

En cuanto a las facilidades de acceso para las personas con movilidad reducida, Servel recomienda que las mesas se instalen en los primeros pisos, para que no sea necesario tener que trasladar a pisos superiores a las personas en situación de discapacidad que concurran a votar. En cada elección, el Servicio Electoral realiza las coordinaciones pertinentes con las fuerzas de orden público y de seguridad, a fin de que estén disponibles para colaborar con quien lo necesite.

La actual normativa considera que quienes estén en situación de discapacidad pueden tomarse el tiempo necesario para ejercer su derecho a sufragio dentro de la cámara secreta.

Discapacidad auditiva

La Presidenta del Consejo Directivo también señaló que, para facilitar la votación de los electores con discapacidad auditiva, al igual que en elecciones anteriores y durante todo el año, estará habilitado en la web de Servel un Visor en Lengua de Señas, que consiste en una plataforma de videollamadas donde el usuario es atendido por un intérprete en lengua de señas que puede responder a sus consultas electorales. Durante el fin de semana atenderá en horario extendido.

El día domingo, todos los locales contarán con un afiche con información de las Primarias que incluye un código QR, que al ser escaneado dará acceso directo al Sistema Visor desde cualquier dispositivo móvil.

Además, Servel ha dispuesto en su call center 600 6000 166 la atención preferencial de adultos mayores determinada por su número de RUN.




Elecciones: Servel y BancoEstado firman convenio

Servel y BancoEstado firman convenio para facilitar la recaudación de aportes para partidos políticos

En la búsqueda permanente de innovar y actualizar los procesos, Servel firmó un acuerdo con BancoEstado con el fin disponibilizar canales de pago no presenciales, mediante la habilitación, implementación, operación y procesamiento de los pagos efectuados vía Internet mediante un botón de pago en el sitio web de Servel.

El convenio y nuevo sistema permitirá a los partidos políticos acceder a los servicios de recaudación prestados por la entidad bancaria, para así facilitar la recepción de aportes de personas naturales a través de dicha vía.

La plataforma tecnológica fue desarrollada e implementada por Servel, cumpliendo con toda la normativa vigente, especialmente lo establecido en la Ley Orgánica Constitucional de Partidos Políticos, incluyendo la implementación de controles adecuados para supervisar los aportes máximos, la prohibición de aportes de personas jurídicas y la verificación del origen de los aportes.

La capacitación a los partidos políticos se efectuará el 13 de marzo de 2025.




SERVEL: PERIODO DE CAMBIO DE DIREC CION ELECTORAL

Desde este 27 de junio se puede solicitar cambio de domicilio electoral sin Clave Única de manera virtual, de esta forma Ud. podrá elegir un lugar de votación más cercano a su casa.

A los mecanismos ya disponibles por Servel para realizar la modificación o actualización del domicilio electoral: ingresando al sitio web servel.cl con su Clave Única, o bien de forma presencial con su cédula de identidad, en las Direcciones Regionales de Servel, en las oficinas de ChileAtiende, en consulados de Chile en el exterior y ante el Registro Civil (al solicitar cédula de identidad puede indicar la actualización del domicilio electoral), ahora se suma ahora una nueva forma: desde este 27 de junio, quienes no cuenten con su clave única podrán agendar una atención virtual para realizar exclusivamente la solicitud de cambio de domicilio.

Para acceder a la atención virtual se deberá contar con su cédula de identidad vigente desde el 01 de enero del 2020 y el formulario de la solicitud de cambio de domicilio electoral escrito y firmado para ser adjuntado al agendar la cita o al momento de tu atención.

En territorio nacional

Importante: La atención virtual podrá ser realizada en compañía de una tercera persona siempre y cuando el titular de la solicitud de cambio de domicilio esté presente y se pueda verificar su identidad, y el titular manifieste expresamente su consentimiento.




SERVEL: CAMBIO DE DIRECCIONES A CONTAR DEL 1º DE OCTUBRE

Servel, Registro Civil y PDI retomaron el trabajo interno y buscan generar la interconexión entre las tres instituciones para mantener actualizado el Registro Electoral y evitar que los ciudadanos caminen grandes extensiones para cumplir con su deber cívico.

En una reunión organizada por el Servicio Electoral y encabezada por su Director Nacional, Raúl García; el Director del Servicio de Registro Civil e Identificación, Jorge Núñez; y el Jefe Nacional de Migraciones y Policía Internacional de la PDI, Roberto Toloza, se abordaron los procedimientos de interconexión entre las tres instituciones para que Servel cuente con toda la información necesaria para mantener actualizado el Registro Electoral.

El Director del Servel, Raúl García, manifestó que la comunicación entre Servicios es fundamental para “garantizar el ejercicio del derecho a sufragio de toda persona que reúna los requisitos constitucionales y legales para hacerlo”.

El Registro Electoral se reabre a modificaciones el 1º de octubre, teniendo como base la información entregada por el Servicio de Registro Civil e Identificación, el Poder Judicial, el Departamento de Extranjería del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, la jefatura nacional de Extranjería y Policía Internacional de la Policía de Investigaciones de Chile y los consulados de Chile.

Desde esa fecha, electores y electoras pueden solicitar su cambio de domicilio electoral en el sitio web de Servel, con Clave Única. Este trámite es esencial para una posterior georreferenciación y asignación de un local de votación cercano a su vivienda.




¿Por qué en este Plebiscito votar es obligatorio?

Este 4 de septiembre ir a votar al Plebiscito Constitucional será obligatorio para todos y todas quienes tengan domicilio electoral en Chile. Esto se debe a que la ley 21.200 modificó el capítulo XV de la Constitución Política de la República de Chile, estableciendo la obligatoriedad para este Plebiscito.

Quienes no sufraguen deberán ser denunciados por Servel y, posteriormente, los Juzgados de Policía Local podrán citarlos, aplicando multas a beneficio municipal de 0,5 a 3 unidades tributarias mensuales (UTM), esto es entre 30 mil y 180 mil pesos aproximadamente.

¿Existe la posibilidad de excusarse por no votar?

No es posible realizar ninguna excusa ante el Servel, tanto en sus oficinas centrales como en sus Direcciones Regionales. Solo una vez que el elector que no votó sea citado por el juez de Policía Local de la comuna donde tiene domicilio electoral, deberá presentar la documentación que acredite por qué no sufragó.

La ley señala que no incurrirá en esta sanción el ciudadano que haya dejado de cumplir su obligación por:

  • Enfermedad
  • Ausencia del país.
  • Encontrarse el día del Plebiscito en un lugar situado a más de doscientos kilómetros de aquél en que se encontrare registrado su domicilio electoral. Únicamente en este caso se acredita ante del Juez de Policía local presentando un comprobante de la constancia ante Carabineros realizada el día del Plebiscito.
  • Otro impedimento grave, debidamente comprobado ante el juez competente.
  • Las personas que durante la realización del Plebiscito Constitucional desempeñen funciones que encomienda el decreto con fuerza de ley Nº 2, del año 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.700, orgánica constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, se eximirán de la sanción establecida en el presente artículo remitiendo al juez competente un certificado que acredite esta circunstancia.

El juez de Policía Local conocerá las excusas avaladas por la documentación necesaria y decidirá si multar o no al elector.




Publican vocales reemplazantes para Plebiscito Constitucional

Desde este 20 de agosto será posible conocer si se fue designado por las Juntas Electorales como vocal en reemplazo de aquellas personas cuyas excusas fueron acogidas. Los ciudadanos que no concurran a desempeñar sus funciones incurren en una infracción electoral, que puede ser sancionada con una multa a beneficio municipal que va desde 2 a 8 U.T.M.

Cumplido el plazo, el 18 de agosto, para que los vocales designados presentaran sus excusas, las Juntas Electorales nombraron a sus reemplazantes. Los ciudadanos que no concurran a desempeñar sus funciones incurren en una infracción electoral, que puede ser sancionada con una multa a beneficio municipal que va desde 2 a 8 U.T.M

Cada elector puede revisar sus datos en la página web de Servel, sección Consulta de Datos, o ingresando directamente aquí

Quienes fueron designados vocales reemplazantes en esta última instancia no podrán excusarse. La ley indica que, si no pueden cumplir con la obligación de vocal de mesa, deberán justificar su inasistencia ante el Juzgado de Policía Local cuando sean notificados posterior a la elección, con los documentos que acrediten su situación.

Las personas que no concurran a desempeñar sus funciones incurren en una infracción electoral, que puede ser sancionada con una multa a beneficio municipal que va desde 2 a 8 U.T.M, artículo 151 de la Ley Nº 18.700 (de $ 117.544 a $ 470.176 aproximadamente)

 




16 al 18 de agosto: plazo de excusas para vocales de mesa

Este 16 de agosto se inició el plazo de presentación de excusas para quienes no puedan cumplir con su labor de vocal de mesa luego de ser designados por las Juntas Electorales. 

Sólo podrán excusarse quienes cuenten con alguna de las causales contempladas por la ley 18.700. Las excusas deberán ser presentadas entre el 16 y el 18 de agosto de forma presencial o por correo electrónico ante la Junta Electoral correspondiente a su domicilio electoral. Puede revisar el listado de Juntas Electorales aquí. 

IMPORTANTE: Son las Juntas Electorales las que designan y excusan a los vocales de mesa, no Servel.

La gran mayoría de los vocales fueron designados el año pasado, ejercieron su cargo y tienen nombramiento vigente.  La ley les fija un período de 4 años para cumplir su labor.

Los electores designados como vocales, si lo requieren, podrán excusarse invocando alguna de las siguientes causales:

  • Estar comprendidos en las causales de inhabilidad. Cargos públicos y de elección popular.
  • Estar ausente del país o en una localidad distante 300 km.
  • Tener que desempeñar el mismo día otras funciones encomendadas por ley.
  • Tener 60 o más años. En todo caso personas mayores de 60 años, siempre podrán ofrecerse voluntariamente para ejercer como vocal de mesa.
  • Estar física o mentalmente inhabilitado, lo que deberá acreditarse con certificado médico.
  • Cumplir funciones en establecimientos hospitalarios.
  • Mujeres embarazadas durante todo el período de gestación.
  • Padre o la madre de un hijo o hija de menor de dos años al día 4 de septiembre de 2022.
  • Estar al cuidado de adultos mayores o personas con necesidades especiales, con dependencia o discapacidades-
  • Las que se desempeñen en los establecimientos de larga estadía para adultos mayores (Eleam).

Las excusas deberán ser formuladas por escrito, ya sea de forma presencial o vía correo electrónico, ante el secretario de la junta electoral respectiva. Las direcciones de las juntas electorales puede conocerlas aquí.

Por su parte, el 20 de agosto se publicarán las nóminas de vocales reemplazantes de Mesas Receptoras de Sufragios y miembros de Colegios Escrutadores. En esta instancia, la ley no contempla periodo de excusas.

Los vocales de mesa o miembros de colegios escrutadores que no concurriere a sus funciones arriesgan multas que van de 2 a 8 UTM.  (de $ 117.544 a $ 470.176)

Si un vocal designado no concurrió a cumplir su función, puede ser citado por el Juzgado de Policía local. Es en esa instancia donde debe presentar la documentación necesaria para justificarse ante el juez.




ATENCION: REVISAR CAMBIOS DE LOCALES

Desde hoy es posible conocer las nuevas mesas y locales de votación para el Plebiscito Constitucional a efectuarse el  4 de septiembre

El Servicio Electoral dio a conocer este sábado la información para que los electores y electoras sepan dónde deben ir a votar en el Plebiscito Constitucional. Todas las mesas serán nuevas y los locales de votación pueden haber cambiado debido a la implementación de la Ley N°21.385, que modificó la forma de asignar los electores a los locales de votación para permitir acercarlos a su domicilio electoral. Los datos pueden ser conocidos en consulta.servel.cl y al 600 6000 166.

Según lo informado por el Presidente del Consejo Directivo del Servel, Andrés Tagle, para el Plebiscito Constitucional la asignación a los locales se hizo en base al domicilio electoral registrado en el Servel por el elector y que, por ejemplo, en la Región Metropolitana, la distancia promedio de los electores georreferenciados a los locales disminuyó en un 50%. “No tenemos la capacidad de conocer otros domicilios que los electores no nos hayan informado. Es importante señalar también que cerca de un millón de electores cambiaron su domicilio entre el 1 de enero al 1 de mayo de este año respondiendo a la campaña del Servicio Electoral”, manifestó.

El Consejo Directivo del Servel hizo un llamado a todas y todos los electores a conocer su mesa y local de votación en consulta.servel.cl o llamando gratuitamente al 600 6000 166 y anotarlos, para no tener que volver a consultar posteriormente. Los datos también pueden conocerse al acceder a la última versión de la aplicación móvil Servel, disponible en las tiendas de aplicaciones móviles Google Play Store y App Store. Esta herramienta no solo permitirá realizar la consulta de datos, sino que también tenerlos permanentemente en sus teléfonos móviles, acceder a toda la información relacionada con el Plebiscito y conocer cómo llegar a sus locales.

Además, durante los próximos días, a los más de dos millones de electores que al solicitar su cambio de domicilio ingresaron su correo electrónico, se les notificará a través de esa vía sus nuevas mesas y los locales asignados.

Dentro de la información dada a conocer por el Servel, a nivel nacional se georreferenciaron los domicilios electorales del 68% de los electores. Sin embargo, en las comunas consideradas urbanas según el INE, la tasa de georreferenciación alcanzó el 75,3% y en las comunas rurales el 41,3%.  “Esto tiene que ver con la calidad en que fue registrado el domicilio por el elector. En los sectores rurales los domicilios suelen ser menos precisos o detallados, haciendo referencias a caminos sin número y por tanto no posibles de georreferenciar. En los sectores urbanos se georreferenciaron todos los domicilios que tenían una dirección que lo hacía posible”, explicó el Presidente de Consejo Directivo del Servel.

Los electores no georreferenciados fueron asignados preferentemente al mismo local en que votaron en la elección de noviembre y diciembre del año pasado. En algunos casos se hicieron cambios, dependiendo de la capacidad del local para recibir más electores y su disponibilidad para el próximo plebiscito.

Los electores georreferenciados fueron asignados a un local cercano a su domicilio electoral. En la mayoría de los casos ese local es el más cercano a su domicilio electoral.

Andrés Tagle explicó que “pueden existir casos donde el local asignado, siendo cercano, no sea el más cercano de todos. Esto se debe a la ubicación de los locales, a la necesidad del asignarles los electores de un área o territorio geográfico adyacente de acuerdo con su capacidad, dándose el caso que electores que están en la frontera de un territorio, no queden en el local más cercano”.

La revisión de mesas y locales es un deber de todo el electorado, ya que en esta oportunidad el voto es obligatorio. Además, las mesas tendrán una nueva nomenclatura, también incorporada en la modificación legislativa: ahora van desde el N°1 en adelante, en cada circunscripción electoral, sin las letras V o M. Por su parte, los electores han sido asignados a las mesas de su local en forma alfabética. Debido a esto, “es seguro para todos los electores que su mesa tiene un nuevo número y es muy probable que esté en un nuevo local”, según señaló Tagle.

“Creemos que se ha logrado un importante avance en cuanto al objetivo de asignar a la mayoría de los electores a locales de votación más cercanos a su domicilio. El Servicio Electoral ha hecho un gran esfuerzo y esperamos, en las próximas elecciones, continuar mejorando tanto en ubicación de los locales como en la cantidad de electores georreferenciados”, puntualizó el Presidente de Servel.

Las personas que deseen revisar su domicilio electoral registrado, podrán hacerlo con Clave Única en https://miconsulta.servel.cl/

  • ¿Por qué se cambió a forma de asignar mesas y locales?

Este cambio se debe a que el 21 de octubre de 2021 se aprobó la Ley N°21.385 que modificó la forma de asignar los electores a los locales de votación para permitir acercarlos a su domicilio electoral. El 29 de abril de 2022 se estableció la reforma constitucional que hizo aplicable la georreferenciación para el plebiscito constitucional de septiembre próximo.

  • ¿Cómo se asignaban las mesas y locales hasta el año pasado?

Antes de la mencionada ley y desde el año 2012, se asignaba a los nuevos electores según los números de RUN a una mesa receptora de sufragios con cupos disponibles en la circunscripción electoral (división de la comuna). Posteriormente se asignaba la mesa completa con todos sus electores a un local de votación de la circunscripción correspondiente. De esta forma un elector podía ser asignado a votar en un local que no tuviera ninguna relación con su domicilio dentro de la circunscripción electoral. La nueva ley vino a mejorar esta situación.