Proyecto que autoriza a un tercer retiro de fondos de pensiones es despachado al Senado

La iniciativa permite a los afiliados del sistema privado de pensiones, de forma voluntaria y excepcional, a realizar un nuevo retiro de hasta el 10% de los fondos acumulados en su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias. El monto máximo de retiro será el equivalente a 150UF y el mínimo de 35UF.

Un nuevo paso dio esta tarde la reforma constitucional que autoriza un nuevo retiro de fondos previsionales, luego de que la Sala de la Cámara de Diputadas y Diputados aprobara el articulado de la ley y despachara la iniciativa al Senado.

En lo particular, la reforma viene a agregar un nuevo artículo transitorio a la Constitución que especifica que, para mitigar los efectos sociales derivados del estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública, decretado a causa del Covid-19, se autoriza a los afiliados del sistema privado de pensiones, de forma voluntaria y excepcional, a realizar un nuevo retiro de hasta el 10% de los fondos acumulados en su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias. El monto máximo de retiro será el equivalente a 150UF y el mínimo de 35UF.

En el evento de que el 10% de los fondos acumulados sea inferior a las mencionadas 35UF, el afiliado podrá retirar hasta dicho monto. En el caso de que los fondos acumulados en su cuenta de capitalización individual sean inferiores a 35UF, el afiliado podrá retirar la totalidad de los fondos acumulados en dicha cuenta.

Los fondos retirados se considerarán extraordinariamente intangibles para todo efecto legal y no serán objeto de retención, descuento, compensación legal o contractual, embargo o cualquier forma de afectación judicial o administrativa, ni podrá rebajarse del monto ya decretado de la compensación económica en el juicio de divorcio.

Lo anterior será válido, sin perjuicio del derecho de subrogación legal del alimentario o su representante y de la retención, suspensión y embargabilidad por deudas originadas por obligaciones alimentarias. Para este efecto la ley establece los procedimientos y plazos a seguir para cada una de las partes, así como para el tribunal de familia respectivo.

El proyecto, aprobado en general esta mañana, también establece que los fondos retirados no constituirán renta o remuneración para ningún efecto legal y, en consecuencia, serán pagados en forma íntegra y no estarán afectos a comisiones o descuento alguno por parte de las administradoras de fondos de pensiones.

Los afiliados podrán solicitar este retiro de sus fondos hasta 365 días después de publicada la presente reforma constitucional, con independencia de la vigencia del estado de excepción constitucional de catástrofe decretado.

Los afiliados podrán efectuar la solicitud de este retiro de fondos en una plataforma con soporte digital, telefónico y presencial que al efecto dispongan las administradoras de fondos de pensiones, asegurando un proceso eficiente y sin demoras.

Asimismo, se determina que los retiros que se efectúen conforme a esta disposición serán compatibles con las transferencias directas, beneficios, alternativas de financiamiento y, en general, las medidas económicas que la ley o las disposiciones reglamentarias establezcan a causa del Covid-19.

Se considerará afiliado al sistema privado de pensiones regido por el DL 3.500, de 1980, a toda persona que pertenezca a dicho sistema, incluidas aquéllas que sean beneficiarias de una pensión de vejez, de invalidez o sobrevivencia.

La entrega de los fondos acumulados y autorizados de retirar se efectuará en un plazo máximo de quince días hábiles a contar desde presentada la solicitud ante la respectiva administradora de fondos de pensiones.

 

Origen y normas adicionadas

La propuesta, aprobada esta mañana en general, tomó como base para su tramitación el proyecto que modifica la Carta Fundamental, para establecer y regular un mecanismo excepcional de retiro de parte de los fondos previsionales (boletín 13950), texto que es de autoría del diputado Félix González (PEV) y de la diputada Pamela Jiles (PH).

Dicha reforma fue refundida con otras dos mociones: la signada con el boletín 14095 y la correspondiente al boletín 14054.

Según se explicó en el debate en la Comisión de Constitución, la norma en trámite viene a replicar la iniciativa del segundo retiro de fondos previsionales, con algunas adhesiones aprobadas justamente en esta instancia.

Uno de los agregados fue promovido por el diputado Bianchi (IND) y permite que los afiliados de rentas vitalicias puedan, por única vez y de forma voluntaria, adelantar el pago de sus rentas hasta por el 10% de los fondos originalmente traspasados a la respectiva compañía de seguros, estableciéndose como monto máximo de pago por adelantado 150UF. Estos montos serán descontados a prorrata de las rentas que resten por pagar al asegurado vitalicio.

Otras dos adhesiones fueron impulsadas por los RN Francisco Eguiguren, Frank Sauerbaum y Alejandro Santana. La primera permite que quienes hayan hecho uso del 10% puedan aumentar en un punto porcentual su cotización obligatoria, llegando a un 11% de sus remuneraciones y rentas imponibles por un periodo mínimo de un año.

Además, estas personas podrán recibir un aporte fiscal a la cuenta individual por cada año en que se postergue la pensión. El monto del aporte fiscal y la forma en que se percibirá serán determinados en una ley de quórum calificado.

La segunda enmienda, perfeccionada por una propuesta de la diputada Alejandra Sepúlveda (FRVS), define que estarán impedidos de solicitar el retiro el Presidente de la República, los parlamentarios, los gobernadores regionales y los funcionarios de confianza del jefe de Estado, con excepción de los trabajadores a honorarios.

Por último, como una vía de evitar las observaciones del Tribunal Constitucional, se introdujo un concepto considerado en la reforma que no prosperó esta mañana. La norma apunta a entregar al Congreso Nacional la atribución de legislar en materias de seguridad social, sin perjuicio de la facultad exclusiva (art. 65 de la Constitución) que posee el Presidente de la República para ello, lo anterior, como medida excepcional frente a un estado de excepción.

Votaciones y debate

Tras tres votaciones, la Sala ratificó todos los artículos conforme a lo planteado por la Comisión de Constitución. Una cuarta votación rechazó sí una indicación renovada que buscaba la creación de un nuevo fondo.

Quienes respaldaron la posibilidad de un nuevo retiro de pensiones insistieron en llamar al Gobierno a no concurrir al TC y evitar por esa vía que el proyecto sea ley. Lamentaron que en la votación de la mañana las y los parlamentarios no aprobaran la posibilidad de hacer un cambio permanente en la Constitución que evitaba que se declarara inconstitucional y que apoyaran las normas transitorias que rápidamente el Ejecutivo rechazó.

Además, remarcaron la necesidad de desarrollar una renta básica universal de emergencia, un impuesto a las grandes fortunas y un royalty minero.

Por su parte, el ministro Juan José Ossa aseguró que “no hemos engañado a nadie” y que “otra es cosa es que confundamos las posturas políticas con lo que es cierto y lo que no”, defendido el requerimiento de constitucionalidad al TC.

Los parlamentarios que respaldaron esta posición del Ejecutivo lamentaron que se pida al Gobierno no ir al Tribunal Constitucional, cuando lo único que se buscaría es el respeto a la Carta Fundamental, asegurando que el proyecto significa “pan para hoy y hambre para mañana”.

Abril 15, 2021

 




Cámara rechazó informe de comisión mixta que posterga elecciones

Abril 6, 2021. Tres de los puntos requerían un alto quórum de aprobación que no fue alcanzado al momento de votarse, pasando solo uno de ellos que exigía una mayoría simple. En todo caso, las normas principales, como la postergación de los comicios para el 15 y 16 de mayo próximo, ya estaban aprobadas previamente y no fueron objeto del presente debate.

Por 78 votos a favor, 60 en contra y 5 abstenciones, la Sala de la Cámara de Diputadas y Diputados rechazó el grueso de las propuestas definidas en el informe de la comisión mixta encargada de resolver las discrepancias en la tramitación del proyecto que posterga las elecciones municipales, de gobernadores regionales y de convencionales constituyentes, por motivo del Covid-19.

Si bien la instancia había alcanzado un acuerdo previo, con los cuatro puntos que fueron objeto de discrepancias durante la tramitación legislativa, este, finalmente, no prosperó en su conjunto, siendo rechazadas las normas que requerían para su aprobación de 103 y 92 votos favorables (disposiciones permanentes y transitorias de la Constitución).

Solo pasó una de las regulaciones acordadas en la mixta referida a la suspensión de aportes de campaña. Si bien la propuesta del Ejecutivo en el proyecto original era permitir los aportes durante el periodo de suspensión, punto que la Cámara mantuvo,  el Senado lo desechó y este fue el criterio que primó en la comisión mixta.

Conforme a lo anterior, los cuatro puntos divergentes quedaron de la siguiente manera:

  • Los alcaldes que postulan a su reelección podrán reintegrarse a sus funciones, hasta el 15 de abril.
  • Queda sin efecto el feriado obligatorio e irrenunciable para todos los trabajadores del comercio, los días de la elección.
  • Se prohíbe el aporte a las campañas electorales durante el período en que las mismas se encuentren suspendidas.
  • Queda sin efecto la franja electoral para la segunda vuelta de elecciones de gobernadores regionales.

Respecto a las normas que abordó la comisión mixta, todas las intervenciones cuestionaron lo resuelto en el tema de alcaldes subrogados, que retornarán a sus cargos hasta el 15 de abril, afirmándose que el Senado no tuvo capacidad de dialogar al respecto e impuso su criterio.

Sobre el feriado irrenunciable para trabajadores del comercio que se proponía para los días de elección, la oposición consideraba que este facilitaría la participación ciudadana y los trabajadores en el acto electoral, mientras diputados de ChileVamos se oponían a ello, porque sostenían que se afectaría la libertad individual, considerando la compleja situación de desempleo que se vive en el país.

En tanto, el ministro del Interior, Rodrigo Delgado, agradeció el respaldo transversal en postergar las elecciones por razones sanitarias, puesto que lo que se busca es proteger la salud de las y los chilenos. Por otra parte, señaló que el texto del Ejecutivo siempre consideró el trabajo de buena fe de los candidatos.




Diputado RN anuncia su apoyo al tercer retiro

“Cueste lo que cueste hay que convencer al gobierno de no bloquear el proyecto”

A horas de la votación del tercer retiro en la Comisión de Constitución, el diputado RN Camilo Morán – que asistirá a votar a la instancia- manifestó que aprobará el tercer retiro del 10% de la AFP planteando su compromiso de “convencer al gobierno de no bloquear el proyecto y que no lo lleve al TC” afirmó._

 Si bien el parlamentario RN en la sesión de la Comisión de Constitución de ayer, votación aplazada para hoy donde Morán estará presente, mencionó su voto a favor manifestando que “yo había asistido para aprobar el tercer retiro”, esta mañana lo confirmó de manera oficial a través de sus redes sociales: 

 

“Mi voto va a estar. Voy a apoyar el tercer retiro del 10% porque es urgente y necesario”, indicó el diputado Morán. 

 

Además, agregó que se enfocará en convencer a las autoridades de La Moneda para que el proyecto no sea declarado inconstitucional: “Mi compromiso, a partir de ahora, es aunar todos los esfuerzos, para que cueste lo cueste, convencer al gobierno de no bloquear el proyecto y que no lo lleve al TC” expresa el diputado RN.

 

Entre las razones que argumentan su apoyo al tercer retiro, se posiciona el hecho de que “Esto va más allá de análisis, de números, de Excel. Estamos en el momento más crítico y las ayudas tienen que llegar” manifestó el parlamentario RN.

 

 “Yo lo veo, hay gente desesperada. Que ve en esta solución, que no es buena, una salida al que se supone es el último esfuerzo de la crisis. No es una política pública, nunca lo ha sido, es medida de emergencia, una esperanza económica” afirmó Morán.

 

Por último, hizo hincapié en que “hay que trabajar en alternativas para que la gente pueda recuperar algo de sus fondos en el futuro. Esto no es populismo, es sentido común y realidad” concluyó el diputado Morán.

 

 




Cámara despachó proyecto que posterga las elecciones para el 15 y 16 de mayo

La Sala de la Cámara aprobó y despachó a segundo trámite el proyecto de reforma constitucional que posterga las elecciones por motivo del Covid-19. El texto aborda el calendario electoral del presente año, las modificaciones en materia de propaganda y materias de financiamiento, entre otros temas.

La Sala de la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó y despachó al Senado el proyecto de reforma constitucional -presentado por el Ejecutivo- que posterga las elecciones municipales, de gobernadores regionales y de convencionales constituyentes por motivo del Covid-19 .

La idea de legislar de la normativa que cambia las fechas originalmente fijadas para el 10 y 11 de abril, para los días 15 y 16 de mayo, fue ratificada tras dos votaciones: la primera permitió la aprobación, por 126 votos a favor, tres en contra y once abstenciones, las normas relacionadas con artículos transitorios de la Constitución, que requerían 92 votos favorables como mínimo; y, la segunda, respaldó, por 129 votos a favor, once en contra y dos abstenciones, las disposiciones vinculadas a artículos permanentes de la Carta Magna, que exigía como mínimo el voto favorable de 103 votos.

El proyecto, que durante la jornada anterior había sido analizado por las comisiones unidas de Constitución y Gobierno Interior, fue informado a la Sala por la diputada Andrea Parra (PPD), quien dio cuenta, además, de las indicaciones hechas a la norma durante su tramitación en dichas instancias.

Justamente, dichas propuestas fueron las que motivaron gran parte de las votaciones en particular, donde varias de las materias no alcanzaron el quórum de aprobación necesario.

Debate del proyecto

En el marco del debate, las y los parlamentarios de bancadas de oposición al Gobierno señalaron que, si bien las actuales cifras de contagios de la enfermedad son evidentes respecto de la necesidad de postergar las elecciones, resulta urgente que la autoridad implemente medidas sanitarias más estrictas, que permitan entregar mayor seguridad a la ciudadanía.

En dicho sentido, junto con cuestionar el manejo de la pandemia, enfatizaron que se requiere de apoyos económicos más robustos para la población.

Por su parte, representantes de las bancadas de Chile Vamos expusieron discursos que apuntaron, en su mayoría, a la existencia de un aprovechamiento político, al desconocerse los esfuerzos de la autoridad en la materia, el éxito de la campaña de vacunación y la existencia de un rebrote del virus a nivel mundial.

Asimismo, se criticó la indicación que interrumpe el desarrollo de las campañas, con el argumento de que esta restricción impide a los candidatos nuevos competir en igualdad de condiciones.

A su turno, el ministro de la Secretaría General de la Presidencia, Juan José Ossa, defendió las medidas impulsadas por el Gobierno para el control de la pandemia, como el plan de vacunación y el aumento de los controles PCR.

Junto con lo anterior, planteó las dificultades que implica que el transporte público sea gratuito durante las dos jornadas en que se desarrollarán los comicios, ya que ello tiene un costo más alto que el propio proceso eleccionario. “Creemos que no es bueno complicar aún más este proyecto. No nos parece razonable seguir sumándole costos a este proceso eleccionario”, sentenció.

Contenido de la iniciativa

 

La reforma constitucional contempla el cambio de las fechas referidas en el artículo 130 de la Constitución sobre la elección de los convencionales constituyentes y en artículos transitorios que se refieren a elecciones municipales, de gobernadores regionales y de convencionales constituyentes.

Además, se modifica la fecha de la segunda vuelta de los gobernadores regionales para el día 13 de junio y las autoridades asumirían formalmente el cargo el 14 de julio.

Sobre la fecha de las primarias presidenciales, estas se realizarán el 18 de julio de 2021.

A su vez, se modifica la fecha de mandato de alcaldes y concejales -que ya había sido prorrogado hasta el 24 de mayo-, hasta el 28 de junio de 2021. Los alcaldes que se postulen a la reelección se mantendrán suspendidos hasta el día siguiente de verificada la elección (17 de mayo).

Asimismo, se contempla una nueva disposición transitoria que suspende la campaña electoral aplicable a las elecciones municipales, de gobernadores regionales y de convencionales constituyentes, desde 24 horas del día de publicación de esta reforma hasta las 24 horas del 28 de abril, retomándose entre el 29 de abril y el jueves 13 de mayo.

Dicha suspensión contempla la propaganda electoral en espacios públicos. Respecto de aquella instalada en espacios privados, se permite la mantención de la ya instalada, no así la colocación de nueva.

Respecto a la transmisión de la franja electoral de candidatos a convencionales constituyentes se suspenderá el día de la publicación de la reforma, si ese día es anterior al 8 de abril. Si quedara un remanente de días para completar la transmisión, los canales de televisión deberán destinar un número equivalente de días al remanente para transmitir la franja televisiva, hasta el tercer día anterior a la elección.

 

En cuanto al financiamiento y gasto electoral, solo se considera el derecho a usos de bienes muebles o inmuebles o actos y pago de personas que formen parte del equipo del candidato, excluyendo a los brigadistas. Asimismo, se mantendrá vigente el sistema de recepción de aportes del Servicio Electoral para recibir los aportes a campañas electorales.

Sobre el padrón electoral, podrán ejercer su derecho a sufragio quienes se encuentren habilitados en el padrón definitivo contemplado originalmente para las elecciones de los días 10 y 11 de abril de 2021.

En cuanto a acuerdos, actas, resoluciones o actos administrativos de los órganos competentes relacionados a esta elección que fueron dictados antes de esta reforma, seguirán vigentes.

Finalmente, respecto de los permisos sin goce de remuneración solicitados por las candidatas y candidatos que sean funcionarios públicos, estén en régimen de contrata, honorarios o Código del Trabajo, se entenderán prorrogados hasta el día 17 de mayo, salvo voluntad en contrario del trabajador.

Si el candidato o candidata se encontrare con feriado legal y este venciera antes del 15 de mayo deberá solicitar,  previo a su término, el permiso sin goce de sueldo en los términos del inciso primero, el cual comenzará a regir una vez que finaliza dicho feriado.

Los empleadores del sector privado, cuyos trabajadores hayan solicitado aplazar el permiso sin goce de sueldo, no podrán rechazar dicha solicitud.  En ningún caso podrá invocarse este aplazamiento como fundamento para proceder al despido.

Marzo 31, 2021

 

 




 Diputado Morán ante propuesta de acusación constitucional contra Piñera:

 “Hay algunos que están más preocupados de figurar y buscar sacar a un presidente por secretaría”

 Tras la propuesta del diputado Marcelo Díaz (Unir) que plantea a la oposición evaluar una acusación constitucional hacia el Presidente Sebastián Piñera por su “mal” manejo de la pandemia, el parlamentario Camilo Morán calificó de “impresentable el nivel de odiosidad y desconexión de algunos”._

 

Este martes el parlamentario de oposición, Marcelo Díaz, expuso en sus redes sociales una solicitud a sus pares para “evaluar seriamente” una acusación constitucional al Mandatario, según sus palabras, por una mala gestión de la pandemia que resulta “desastrosa e incluso temeraria” afirmó.

 

En este hilo de Twitter, emplaza al Presidente Piñera por las decisiones en su gestión respecto a las restricciones sanitarias y por las medidas económicas hacía la ciudadanía calificándolas como ayudas que “están llenas de filtros”.

 

Ante esta arremetida, el diputado Camilo Morán afirmó que “no hemos conocido en ningún país la receta perfecta para combatir el coronavirus. Líderes mundiales han tenido que pedir disculpas” anunció.

 

Morán agrega que “se han cometido errores, sí”, pero que esta solicitud sigue la línea de “impresentable odiosidad y desconexión de algunos” que a su juicio están “más preocupados de figurar y buscar sacar a un presidente por secretaría”, sentenció.

 

 




Diputado pide cierre total de fronteras  

El diputado Camilo Morán, mediante oficio, solicitó el cierre total de fronteras al Ministerio de Salud por las complejas cifras respecto a la realidad sanitaria que enfrenta el país: “no podemos sólo hacer el esfuerzo en cuarentena, tenemos que hacerlo en su totalidad”._

 Luego del balance diario del Minsal en el cual se informó sobre el confinamiento total de la Región Metropolitana y la actualización de las medidas sanitarias, el parlamentario RN, Camilo Morán mostró sus diferencias respecto a las restricciones de viajeros internacionales que establecen el deber de trasladarse 5 días a un hotel transitorio, pensando además, la aparición de variantes británicas y brasileñas respecto al virus. 

 

El diputado RN fue enfático en sus palabras respecto a la solicitud al Minsal: “He solicitado, hoy, oficialmente, al Ministerio de Salud que decrete el cierre de fronteras en el país. Cierre de fronteras total ahora”.   

 

Morán es partidario por medidas más estrictas para el país: “Valoramos mucho el anuncio del gobierno. Es necesario medidas drásticas, duras. Es preocupante la situación”.




Diputado Morán solicita al Servel restricción de actividades de campaña por avance de la pandemia.

El diputado ofició al Ministerio de Salud (Minsal) y Servel solicitando prohibir la presencia de candidatos políticos en ferias libres por alza en los índices de contagio por Covid-19 en nuestro país.

Los documentos ingresados por el diputado Camilo Morán buscan restringir las actividades de campaña en ferias libres en favor de candidatos a alcaldes, concejales, convencionales constituyentes y gobernadores para evitar aglomeraciones que puedan afectar a la red de salud.

 

Al mismo tiempo, el diputado Morán propone duplicar el número de brigadistas del Permiso Único Colectivo de la Comisaría Virtual, pasando de tres a seis personas, para que las actividades de campaña involucran menos contacto con grupos concentrados de personas:

 

“Hemos solicitado al Ministro de Salud y al Servicio Electoral mediante oficio la posibilidad de restringir el uso de campañas electorales en ferias libres, pero ayudar a los candidatos duplicando la cantidad de Permisos Únicos Colectivos de tres brigadistas a seis brigadistas” afirmó Camilo Morán.

 

Agregando que de esta manera “podríamos permitir que la campaña electoral se sitúe más en el casa a casa y en el banderazo. En actividades que no provocan contacto estrecho con otras personas, más que en lugares de alta aglomeración como las ferias libres” sentenció.




Vacuna: “Ser diputado no puede ser una ventaja para ser prioritario.”

Diputado Morán ante debate por vacunación a parlamentarios: “Ser diputado no puede ser una ventaja para ser prioritario. Pienso y prefiero que se puede esperar cuando toque el turno por edad”.

 El parlamentario de Renovación, Camilo Morán, dice que respeta a sus colegas que ya se han vacunado siguiendo el proceso y calendario de vacunación dado a conocer por el gobierno, pero que él prefiere esperar hasta cuando le toque su turno por edad (30 años). 

 

“Ser parlamentario, en esta caso diputado, no puede significar una ventaja o una excusa para vacunarme como prioritario. Creo yo que hoy, sinceramente, hay personas que lo necesitan más que uno como los grupos de riesgo. Tengo todas las ganas de vacunarme, pero se puede esperar. Respeto a mis colegas que se han vacunado siguiendo el calendario de vacunación que dispuso el gobierno. Yo por mi parte seguiré trabajando con todas las medidas necesarias y esperaré hasta que me toque mi turno por edad”, señaló el diputado. 




Ofician al Ministerio de Salud por retraso en atención de tratamientos contra el cáncer

El diputado RN, Camilo Morán, ante la alerta de 4 mil 600 pacientes que tienen retraso en atención de tratamientos contra el cáncer, a raíz de la pandemia, ofició y pidió al Minsal, qué acciones se van a tomar para que estas personas retomen sus atenciones. “Si no hay respuesta, y lo dicen los expertos, vamos a ver pacientes diagnosticados en una etapa más avanzada de la enfermedad y eso por supuesto que hay que evitarlo”, señaló.

 Producto de la pandemia, a la fecha y según recogidos desde el Ministerio de Salud, hay 3 mil 24 pacientes que esperan por un examen de diagnóstico y comenzar el tratamiento contra el cáncer, y ademas, hay 1391 personas que han visto postergados sus tratamientos. Son más de 4600 pacientes. Por eso, el diputado de RN, Camilo Morán, anunció que oficiará al Ministerio de Salud para que indique qué soluciones va a implementar para estas personas. “Estas cifras son un llamado de alerta. Por eso le estamos solicitando al Minsal un plan de acción rápida para poder tener una respuesta a esto pacientes. Lo han dicho expertos: el paciente oncológico es más susceptible a tener complicaciones derivadas por el COVID. Y si no hay respuesta ahora, vamos a tener personas en una etapa más avanzada de su enfermedad y por consecuencia, más complejo para tratar, por eso la respuesta tiene que ser rápida”, señaló el parlamentario.

 

Lo otro que solicita además en este oficio el parlamentario, es saber cuál es el estado de avance de la Ley Nacional del Cáncer. Esta iniciativa fue promulgada en agosto de 2020, y  debería darse a conocer, por ejemplo, el estado de su implementación. “Estamos viendo un leve retraso en la implementación de esta importante ley. Necesitamos saber cuáles son los inconvenientes de operación y administración que están impidiendo tener el reglamento para llevar adelante la ley. Es pertinente tener el reglamento para crear el comité asesor y llevar a cabo el Plan Nacional del Cáncer en el nuevo contexto de pandemia”, finalizó.




Avanza votación en particular de proyecto que fija normas para combatir delitos informáticos

El texto que analiza la Comisión de Ciencias busca llenar los vacíos legales que existen en la comisión de los delitos informáticos. En la presente sesión se discutieron materias relacionadas a los procedimientos y pesquisas investigativas.

La Comisión de Ciencias de la Cámara continuó con la discusión y votación en particular del proyecto de ley, originado en mensaje, que establece normas para combatir los delitos informáticos, deroga la Ley 19.223 y modifica otros cuerpos legales con el objeto de adecuarlos al Convenio de Budapest (boletín 12192).

En la presente sesión, el grupo parlamentario que preside el diputado Jaime Tohá aprobó diversas indicaciones al articulado correspondientes al capítulo del “Procedimiento”.

La primera propuesta establece que, cuando en la investigación de los delitos como el taque a la integridad de un sistema informático, acceso ilícito, interceptación, ataque a la integridad de los datos informáticos, falsificación informática y fraude informático existan sospechas fundadas, basadas en hechos determinados de que una persona hubiese cometido o participado en la preparación o comisión de algunos de los delitos mencionado; el juez de Garantía, a petición del Ministerio Público, deberá presentar un informe previo detallando de lo acontecido para ordenar la realización de las técnicas previstas y reguladas en el Código Procesal Penal para tales situaciones.

La orden que disponga la realización de estas técnicas deberá indicar el nombre y dirección del afectado por la medida y deberá señalar el tipo y la duración de ella, la que no podrá exceder de sesenta días. No obstante, el juez podrá prorrogar este plazo por un período de hasta igual duración, para lo cual deberá examinar cada vez la concurrencia de los requisitos.

De igual forma, se estipula que, cumpliéndose los requisitos mencionados, el juez de Garantía, a petición del Ministerio Público, podrá ordenar a funcionarios policiales actuar bajo identidad supuesta en comunicaciones mantenidas en canales cerrados de comunicación, con el fin de esclarecer los hechos tipificados como delitos en esta ley, para establecer la identidad y participación de personas determinadas en la comisión de ellos, impedirlos o comprobarlos.

El referido agente encubierto en línea podrá intercambiar o enviar por sí mismo archivos ilícitos por razón de su contenido, pudiendo obtener también imágenes y grabaciones de las referidas comunicaciones. No obstará a la consumación de los delitos que se pesquisen el hecho de que hayan participado en su investigación agentes encubiertos.

La norma agrega que el agente encubierto, en sus actuaciones, estará exento de responsabilidad criminal por aquellos delitos en que deba incurrir o que no haya podido impedir, siempre que sean consecuencia necesaria del desarrollo de la investigación y guarden la debida proporcionalidad con su finalidad.

Otras normas abordadas

También se aprobó el cambio de nombre de prestadores a proveedores de servicios, quienes serán toda entidad pública o privada que ofrezca a los usuarios de sus servicios la posibilidad de comunicar a través de un sistema informático y cualquier otra entidad que procese o almacene datos informáticos para dicho servicio de comunicación o para sus usuarios.

Adicionalmente, se ratificaron dos indicaciones a las disposiciones transitorias. La primera, reemplaza el artículo primero transitorio por un texto que indica que los hechos perpetrados con anterioridad a la entrada en vigor de la presente normativa, así como las penas y las demás consecuencias que correspondiere imponer por ellos, serán determinados conforme a la ley vigente al momento de su perpetración.

Si la presente ley comienza a regir durante la perpetración del hecho, se estará a lo dispuesto en ella, siempre que en la fase de perpetración posterior se realizare íntegramente la nueva descripción legal del hecho.

Se aclara que, si la aplicación de la normativa resulta más favorable al imputado o acusado por un hecho cometido con anterioridad a su entrada en vigor, se estará a lo dispuesto en ella (en este caso se deberá tomar en consideración todas las normas en ella están previstas y que fueran pertinentes al juzgamiento del hecho).

El delito se entenderá por perpetrado en el momento o durante el lapso en el cual se ejecuta la acción punible o se incurre en la omisión punible.

La segunda indicación aprobada en este marco señala la entrada en vigencia de algunas de las normas de esta ley.

Finalmente, el grupo parlamentario acordó votar hasta total despacho este proyecto en la próxima sesión. ​

Enero 18, 2021.