LA UNIDAD, UNA EXIGENCIA A LOS POLÍTICOS.

La unidad como obligación: una reflexión inspirada en  el académico, historiador y columnista Alejandro San Francisco. La unidad no es una opción, sino una obligación moral para salvar a Chile del caos político actual.

Después de leer atentamente la columna de Alejandro San Francisco publicada el 3 de noviembre en El Líbero, en la que aborda la “unidad, diversidad y vocación” de las derechas en Chile, he sentido la necesidad de profundizar en su reflexión. Coincido, en términos generales, con su análisis, pero creo que es necesario llevar esta discusión un paso más allá, con un enfoque crítico hacia nuestra realidad política.

 

San Francisco plantea la importancia de la unidad en un contexto de diversidad y vocación dentro de la derecha chilena, pero considero que esta unidad no puede ser un simple ideal. En este momento crítico que vive el país, la unidad debe ser más que una aspiración: debe convertirse en una obligación moral y un compromiso tangible, especialmente en los próximos años que culminan en diciembre de 2025.

 

La unidad no puede limitarse a ser un eslogan vacío. Debe ser un compromiso real y concreto, sobre todo en vistas a la segunda vuelta de gobernadores que se avecina y a los desafíos políticos del próximo año. No basta con que los partidos políticos, en particular aquellos de la derecha, exhiban una fachada de cohesión; la unidad debe ser auténtica y centrada en el servicio al Bien Común.

 

Chile no se encuentra en su estado actual de caos e inseguridad debido a las Fuerzas Armadas o a la ciudadanía. Más bien, ha sido la clase política la que ha fallado al país, en gran parte por sus divisiones internas y la falta de compromiso con las promesas hechas a los votantes. Algunos políticos, en lugar de entender la “diversidad” como una oportunidad para enriquecer sus propuestas, han caído en caprichos egocéntricos y han olvidado su “vocación” de servicio.

 

San Francisco acertadamente destaca la necesidad de la unidad, pero yo iría más lejos: esta unidad debe ser una prioridad moral para proteger a Chile de la amenaza de una “revolución cultural” que busca borrar nuestras tradiciones republicanas, así como los valores fundamentales que sostienen nuestra sociedad, como la religión, la familia y la comunidad. La historia reciente nos demuestra que, cuando los partidos se dividen y priorizan sus disputas internas, terminan perdiendo la confianza del electorado, como ocurrió en la segunda vuelta presidencial de 2021.

 

Mirando hacia el exterior, podemos inspirarnos en los ejemplos de líderes como Bukele, Milei, Meloni y el resurgimiento de Donald Trump. Estos líderes han mostrado que, cuando hay unidad y un compromiso genuino con el Bien Común, se pueden lograr resultados que beneficien a la mayoría. Además, es crucial reforzar los valores de sentido común, pro familia y de seguridad que se destacan en países como Hungría y en los logros de Vox en España.

 

Estamos ahora a días de la segunda vuelta de gobernadores regionales, una instancia crucial para consolidar los logros recientes y dar un paso decisivo hacia un futuro mejor para Chile. Los ciudadanos están exigiendo un cambio, y lo han demostrado en las urnas. Pero para que este cambio sea duradero y efectivo, no basta con victorias puntuales. La oposición debe comprender la urgencia de la unidad y abandonar los protagonismos que tanto daño han hecho.

 

La unidad no debe depender de cálculos políticos ni de agendas partidistas, sino de un compromiso real con el bienestar de todos los chilenos. Hoy, la unidad no es un lujo ni una prerrogativa de los partidos políticos, sino una demanda legítima de la ciudadanía para proteger el futuro de nuestra nación.

 

Gracias a la columna de Alejandro San Francisco, se abre un espacio para esta necesaria reflexión. Sin embargo, debemos ir más allá de las palabras y trabajar en acciones concretas. Solo así podremos asegurar un Chile mejor para todos.

 

Saludos cordiales,

Christian Slater Escanilla.

Un patriota




AMBITO MUNICIPAL: CONFIANZA LEGITIMA

En estos días se me ha consultado sobre un tema que se publicó en algunos medios de comunicación referido a la “confianza legítima”, que tiene relación con funcionarios públicos cuyo vínculo con el estado es “a contrata”, esto significa que la situación contractual tiene término el 31 de diciembre de cada año.

La Contraloría General de la República bajo el mandato del Sr. Jorge Bermúdez Soto emitió un dictamen que en lo principal indica:

La Confianza Legítima se da para un funcionario a contrata cuando el contrato haya sido renovado por dos años consecutivos y no exista interrupción entre una designación y la siguiente. Esto implica que un funcionario que ha sido permanentemente mantenido en el cargo, por el tiempo señalado, asume la creencia de que su empleadora lo recontratará en los sucesivo y es, precisamente, dicha idea la que protege la figura en cuestión.

A partir de este dictamen, funcionarios/as a los que no se les renovó su contrato, teniendo en muchos casos más de dos años de servicio ininterrumpido, recurrieron a la contraloría, la que resolvió a favor de los trabajadores públicos revirtiendo la decisión de la autoridad.

Paralelamente, la Corte Suprema inicialmente rechazó los dictámenes de Contraloría para posteriormente aceparlos y determinar diferente plazo para su aplicación.

Con fecha 31 de Marzo de 2023, la Tercera Sala de la Corte Suprema, en causa Rol26.112-2023, planteó el siguiente razonamiento: “… que resulta imprescindible establecer desde cuándo la persona que se vincula a través de contratas anuales con la Administración adquiere la confianza legítima…..Pues bien, en busca de un criterio unificador, esta Corte ha considerado establecer el plazo de cinco años”.

La contralora Sra. Dorothy Pérez Gutiérrez, , emitió dictamen N° E561358/2024 de 06/11/2024, resolviendo que “esta institución Fiscalizadora no intervendrá ni informará los asuntos que por su naturaleza sean propiamente de carácter litigioso, o  que hubieren sido sometidos al conocimiento de los Tribunales de Justicia.

 

En resumen, el dictamen de la CGR estableció que la “confianza legítima” de los trabajadores del sector público debe quedar en manos de los tribunales de justicia, y que la institución que ella dirige debe abstenerse.

Para los que se preguntan si la aplicación del principio “confianza legítima” determina la imposibilidad de terminar el contrato a un funcionario o funcionaria en un municipio cuya calidad jurídica es a contrata, es necesario aclarar que existe  término de contrato en caso de ser calificado una año en lista 4; dos años en lista 3 o mediante sumario administrativo si se le comprobó  falta  a la probidad u otras establecidas en la ley que rige a los funcionarios. No existe inamovilidad, como algunos intentan hacer creer, desacreditando a los funcionarios públicos.

En la práctica, la disposición de la Contraloría General de la República genera lo siguiente:

  1. El término de contrato a un funcionario o funcionaria se realiza mediante un acto administrativo, y una de las funciones que le encomienda la ley a la Contraloría es el control de legalidad de los actos de la Administración. Con el dictamen se estaría desligando del mandato legal.
  2. Se ha procedido derogar, en la práctica, la jurisprudencia administrativa por la cual el mismo organismo de control estableció el principio de confianza legítima como una herramienta de defensa de las y los trabajadores públicos. Defensa ante la manipulación de las decisiones político partidista y no relacionadas con el mérito.
  3. Restringe el derecho del empleado a contrata de acceder a una vía de reclamación administrativa concedida legalmente y que demostró ser efectiva en la práctica, obligándolos a recurrir a tribunales, con todo lo que ello implica (recurso y tiempo).
  4. Vulnera la igualdad ante la ley y la libertad de trabajo, otorgándole carta blanca a las reparticiones públicas para cesar a aquellos funcionarios que no sean de su agrado, sin razones fundadas.
  5. Si el fundamento de la Contraloría para no intervenir en caso de confianza legítima se debe a que su naturaleza es de carácter litigioso, resulta frágil el argumento ya que todos los reclamos que realizan los trabadores/as públicos por apreciar que no se respetan sus derechos, son susceptibles de recurrir a los tribunales de justicia. Es de conocimiento general que resoluciones de la Contraloría son rechazadas por los tribunales, no obstante, frente a futuros casos de igual tenor, la Contraloría continúa resolviendo de la misma forma.

 

 

En definitiva, en el caso municipal, considerando que los períodos alcaldicios son de cuatro años, el alcalde de turno que asume la administración de un municipio va a tener la facultad para terminar el contrato, sin razón fundada, a todo el personal a contrata con antigüedad menor a este período,  sin que exista posibilidad por parte de los trabajadores/as apelar a la confianza legítima debido a que, en el caso de recurrir a tribunales, éstos determinaron que este principio se aplica con una antigüedad de 5 años.

 

Nuevamente los funcionarios públicos, con el dictamen de la Contralora Sra. Dorothy Pérez Gutiérrez, quedan sometidos a las decisiones de la autoridad política que como es sabido, no obedece a la calidad de la  prestación de servicio que realiza el trabajador, sino que se relaciona con el vínculo político de la autoridad de turno que este tenga,  hecho que obviamente deteriora la óptima continuidad del servicio público y por consiguiente la calidad del mismo.

 

El principio de confianza legítima, se convirtió en una herramienta en contra del abuso y discriminación de ciertas autoridades que por desgracia son la mayoría, no entendiendo que los trabajadores públicos prestan servicio a la institución, se deben a ella y a la comunidad que recibe sus prestaciones y  no son funcionarios propiedad  de la autoridad que pueda desechar sin razones fundadas, violentando derechos fundamentales que en este caso la Contraloría General de la República determina desconocer, favoreciendo una vez más al mal criterio demostrado por años de la clase política en la administración del estado.

 

Pedro Alexi Aguirre Moya




CATHY BARRIGA EN PRISION PREVENTIVA

La ex alcaldesa de Maipú, Cathy Barriga asistió la mañana del martes 12 de noviembre a una reformalización en el 9º Juzgado de garantía solicitada por el Consejo de Defensa del Estado y querellantes, quedando en prisión preventiva tras 10 meses de estar confinada en su domicilio. Nuevas pruebas hicieron que el juez Hugo Torres tomara la determinación de dejarla en prisión preventiva al considerarla un peligro para la sociedad, siendo trasladada de inmediato a la Cárcel femenina de San Miguel.

Todo habría sido diferente si la soberbia que mantuvo Cathy Barriga sus 4 años y medio como alcaldesa de Maipú la hubiese podido contener y hacerle caso al cuerpo de concejales que tantas veces le advirtió de su trabajo estaba fuera de las formas que compete a la Ley Orgánica, así como actitudes que llevaron al desempleo de casi un millar de personas, surgiendo un problema anexo:  el problema de la indemnización por ser más despedidos.

Los desacuerdos con el Concejo Municipal llegaron al extremo de no aprobarle el presupuesto anual con que funciona el municipio un par de años, al menos por seis o siete concejales.

A la mayoría de los concejales los trató de basura, intento sacar del cargo a un concejal, daba a conocer la perseguían por ser mujer, tema donde recibió el apoyo de la diputada Pamela Jiles, también el apoyo de una gran multitud que la catapultó como candidata presidencial; según la encuesta Cadem, ella tenía el 53% de las preferencias, mientras que la encuesta CEP (Centro de Estudios Públicos) le otorgaba el 35 %.

Para recordar cuando el concejal Donoso le habló en el Concejo y señaló a la presidenta del Concejo Municipal (Cathy Barriga) que estaban por arrestarla por no presentarse a una citación judicial, tema que le pidió al abogado, Director Jurídico de ese momento, que le aclarara: la respuesta del Director Jurídico fue que era real lo que decía el concejal…. Además del reto al Director Jurídico, poco tiempo después le costó el cargo.

Eran Concejos donde los integrantes realizaban su trabajo de fiscalizar, tema ya olvidado y que se vio que es necesario: tener propuestas de alternativas, fiscalizar los recursos en orden a que sean bien invertidos, que lo que se dice, concuerde con lo indicado en los documentos, tema que favorece a los alcaldes en orden a que se enteran si hay determinaciones que están al filo del reglamento o derechamente fuera de la Ley Orgánica de Municipalidades.

HOY SE PAGAN LAS CONSECUENCIAS

La exalcaldesa de Maipú, Cathy Barriga, pasará a prisión preventiva, luego de que el Consejo de Defensa del Estado y los querellantes solicitaran el cambio de medida cautelar, ya que se encontraba con arresto domiciliario total.

La reformalización (aunque legalmente no se dio a conocer como reformalización que indicaría nuevos antecedentes) se llevó a cabo   en 9º Juzgado de Garantía de Santiago este 12 de noviembre de 2024, que acoge la solicitud del Consejo de Defensa del Estado y querellantes en la causa y decreta la prisión preventiva de la exalcaldesa de Maipú Cathy Barriga, imputada como autora de fraude al fisco y falsificación de instrumento público.

La alcaldesa salió encadenada del edificio de justicia, despidiéndose de su marido, el diputado Joaquín Lavín con un beso, mostrando en su rostro el rigor de la medida a enfrentar.

En la oportunidad, el juez no acogió la petición de la defensa que solicitaba que dicha medida se tomara luego que fuera a su casa a despedirse de su familia.

Barriga, de 51 años, estaba cumpliendo 10 meses arresto domiciliario total en su casa de Malloco, luego de ser formalizada el 16 de enero por delitos de fraude al fisco y falsificación de instrumento público. Asistió con un traje muy parecido al que uso en el Kiki challenge, baile que realizó con fondo el Santuario Nacional.