Frei y Cheyre.

In dubio pro reo (ante la duda razonable, siempre en favor del reo). Una expresión jurídica que se refiere a la valoración de la prueba, cuando persiste una duda racional. El mejor ejemplo es la reciente sentencia del ministro Alejandro Madrid en contra de quienes —según su investigación— son los culpables de la muerte de Eduardo Frei Montalva, algo que han puesto en duda e incluso se han negado a creer, médicos, abogados, juristas exjueces, amigos cercanos y familiares del expresidente.
Este
principio, tal como lo dice un informe de investigación jurídica de Costa Rica,
es un aforismo en favor de la idea de protección de los derechos fundamentales
del hombre, tales como: “in dubiis reus
est absolvendus” (en la duda hay que absolver al reo) o “semper in dubiis
benigniora preferencia sunt” (en los casos dudosos se ha de preferir siempre lo
más benigno). Situación que, para quien juzga, permite absolver al
culpable y no condenar al inocente.
Del
mismo modo, esta investigación jurídica nos recuerda que cualquier lector del
fallo, debe ser capaz de captar las razones que llevaron al juez para asumir
una determinada posición.
Lo
mismo debiera ocurrir en el proceso que afecta al excomandante en jefe del
Ejército, General Juan Emilio Cheyre Espinosa, quien junto a otros ex
oficiales, fue procesado por el ministro Vicente Hormazábal, como presunto
autor de la eventual aplicación de tormentos a 24 detenidos en el Regimiento
Arica, en la ciudad de La Serena, durante el año 1973.
Las
declaraciones de los 24 detenidos que dicen haber sido torturados por el
Teniente Cheyre, hace 45 años atrás, hablan de golpes con palos y culatazos en
la boca y, el ministro investigador les cree a ellos, no a la defensa ni a
quienes conocemos por años al inculpado. Un joven oficial que en esa época se
desempeñaba como Ayudante del Comandante del Regimiento. Un puesto que es
absolutamente administrativo y alejado de cualquier otra actividad militar que
no sea preocuparse de los papeles que entran y salen de la oficina del
Comandante. Un cargo que, por reglamento institucional, demanda y exige esa
única función, sin mando ni tropa bajo su responsabilidad y que, por su escasa
experiencia y grado, no toma ninguna decisión. La mayor decisión de un Ayudante
está en decidir qué carpeta con documentos le pasa primero a su Comandante para
que tome conocimiento, firme o estampe alguna providencia.
En
ambas situaciones, los procesados por el caso Frei y por el caso de Cheyre, han
sido perseguidos por la antigua justicia, la que dejó de existir el año 2005.
Es ahora cuando se debiera aplicara la expresión jurídica“semper in dubiis benigniora preferencia sunt” (en los
casos dudosos se ha de preferir siempre lo más benigno). Es decir, que en la
fase de Apelación y siguiente, se aplique, justamente, lo más benigno, es decir
el actual Código Procesal Penal, el único vigente y el único que da garantías
de un debido proceso. El único que nos hace serios y respetables a la vista del
resto del mundo, donde los países desarrollados, tienen una sola justicia.
No creo que exista algo más dudoso que ser perseguido por la antigua
justicia inquisidora, donde un mismo juez acusa, persigue, carea, interroga y
sentencia sobre sucesos que ocurrieron hace más de 40 años, con testigos que
recién aparecen quienes, de ser creíbles, podrán acceder —ellos o sus
familiares— a millonarias reparaciones económicas. Si de dudas se trata, ni
hablar de los Tribunales de Justicia que tienen un 65% de desaprobación
ciudadana. Lo anterior, conforme a la última encuesta CADEM, de enero de este
año.
Una
justicia que en desmedro de la figura del Presidente Patricio Aylwin Azocar
podría dividir definitivamente a la Democracia Cristiana, levantando un
magnicidio —con o sin certeza jurídica— en favor de Eduardo Frei Montalva.
Christian Slater Escanilla.
Coronel ® de Ejército.