Cámara despachó a ley proyecto que perfecciona marco legal del cohecho y soborno

La Corporación analizó la propuesta sobre la base del informe de la Comisión Mixta que abordó las diferencias entre la Cámara de Diputados y el Senado. La iniciativa, en concreto, fortalece la tipificación de ciertas conductas relacionadas con el cohecho y el soborno, al tiempo que aumenta las sanciones en la materia.En condiciones de pasar al Ejecutivo para su promulgación como Ley de la República quedó el proyecto (boletín 10739) que modifica el Código Penal con el objeto de perfeccionar el marco legal del cohecho y el soborno, ello luego que la Cámara de Diputados diera su aprobación, por la unanimidad de 114 votos, al informe de la Comisión Mixta que resolvió las diferencias con el Senado en torno a esta propuesta.

En lo fundamental, esta iniciativa fortalece la tipificación de ciertas conductas y eleva las penas de los principales delitos funcionarios: malversación, fraude al fisco, negociación incompatible, soborno y cohecho.

También se crean nuevos delitos de corrupción entre particulares y de administración desleal. Además, amplía el radio de acción del comiso, para hacerse cargo de las ganancias ilegales, y hace más exigente la regulación para las personas jurídicas vinculadas a estos hechos delictuales.

El origen de la Comisión Mixta se motivó en el rechazo del Senado, en sesión celebrada el día 20 de diciembre de 2017, en el tercer trámite constitucional, de la totalidad de las enmiendas que en su oportunidad había acordado la Cámara de Diputados.

Por efecto de lo anterior, la propuesta hoy aprobada por los diputados, y que ya cuenta con la ratificación del Senado, abordó el conjunto del proyecto de ley que se inició en moción en junio de 2016, por un grupo de senadores, y complementado en su paso por la Cámara por otras propuestas de diputados y del propio Ejecutivo de la época.

Texto aprobado

Uno de los primeros puntos es incorporar a la escala general de penas, que pueden imponerse en los casos de delitos calificados como crímenes, las inhabilitaciones “absoluta perpetua” y “absoluta temporal”, para ejercer cargos, empleos, oficios o profesiones en empresas que contraten con órganos o empresas del Estado o con empresas o asociaciones en que éste tenga una participación mayoritaria; o en empresas que participen en concesiones otorgadas por el Estado o cuyo objeto sea la provisión de servicios de utilidad pública.

Tratándose de simples delitos, se agrega la sanción de inhabilitación “absoluta temporal”, en los mismos términos ya señalados.

La iniciativa avanza luego en regular los efectos que cada una de estas sanciones produce, como por ejemplo, la extensión de la privación de cargos y tiempos en que dura la medida.

En segundo lugar, se aumentan las penas corporales, pecuniarias y restrictivas de derechos aplicables a las distintas figuras constitutivas de delitos contempladas en el Código Penal, cometidos por funcionarios públicos, como la malversación de caudales públicos, fraudes y exacciones ilegales.

Respecto de las penas corporales, se propone la reclusión menor en sus grados medio a máximo. Asimismo, se propone el aumento de las multas aplicables y la inhabilitación absoluta temporal. En este marco, por ejemplo, se sanciona al empleado público que, directa o indirectamente, se interese en cualquier negociación, actuación, contrato, operación o gestión en la cual hubiese de intervenir en relación a su cargo.

En la misma línea, se sanciona al árbitro o liquidador comercial que directa o indirectamente se interese en cualquier negociación, actuación, contrato, operación o gestión en la cual hubiese de intervenir en relación con los bienes, cosas o intereses patrimoniales cuya adjudicación, partición o administración estuviere a su cargo. En una perspectiva similar se hace referencia al veedor o liquidador en un procedimiento concursal, peritos, guardadores o albaceas, directores o gerentes de una sociedad anónima.

Las mismas penas se impondrán a las personas mencionadas si, en las mismas circunstancias, dieren o dejaren tomar interés, debiéndo impedirlo, a su cónyuge o conviviente civil, a un pariente en cualquier grado de la línea recta o hasta en el tercer grado inclusive de la línea colateral, a terceros asociados con él, sea por consanguinidad o afinidad.

Otras sanciones en el sistema público

El proyecto también contempla una amplio cuadro de perfeccionamientos a las figuras delictuales atingentes a los empleados públicos.

En este marco se abordan, por ejemplo, un aumento de las penas y sanciones para quienes exigen o acepten mayores derechos a los correspondientes a su cargo o beneficios económicos para sí o terceros; para quienes reciban beneficios económicos o de otra naturaleza por omitir actos propios de su cargo; o para los que ejerzan influencia en otro empleado con el fin de obtener de este una decisión que pueda generar un provecho para un tercero interesado.

En la misma línea, se aumenta las penas para los empleados públicos que reciben un beneficio económico o de otra naturaleza, para sí o para un tercero, por cometer crímenes o simples delitos contemplados en este marco legal, como la malversación de caudales públicos, fraude y cohecho. Asimismo, se perfecciona la normativa relativo al cohecho atingente a los funcionarios públicos en relación a operaciones internacionales.

La iniciativa también define que no se les aplicará el grado mínimo de las penas de los delitos mencionados, cuando se trate de empleados públicos que desempeñen un cargo de elección popular, de exclusiva confianza de estos, de alta dirección pública del primer nivel jerárquico o por un fiscal del Ministerio Público o por cualquiera que, perteneciendo o no al orden judicial, ejerza jurisdicción; por los Comandantes en Jefe del Ejército, de la Armada, de la Fuerza Aérea, o por el General Director de Carabineros o el Director General de la Policía de Investigaciones.

La restricción recién señalada también se aplicará cuando los delitos se cometan con ocasión de los siguientes procesos: designación en un cargo público; procedimientos de adquisición, contratación o concesión; permisos o autorizaciones para el desarrollo de actividades económicas; y fiscalización de actividades económicas. Se fijan, además, plazos de prescripción y agravantes.

Finalmente, entre un amplio número de normas, se efectúan adecuaciones normativas, en línea a las definidas en el Código Penal, en la Ley que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho.

Publicado el 25 de octubre del 2018




¿SERAN CAPACES LOS LIDERES LOCALES DE LA DC DE SUPERAR SU PROBLEMA INTERNO?

Directiva Nacional del PDC designaría al presidente provisional para el comunal Maipú, que por su importancia electoral no podía seguir con la crisis creada por quienes nunca llegaron a acuerdos para recuperar la fraternidad interna. Eso conlleva a que no hay dirigentes capacitados en Maipú para asumir una eventual candidatura a la alcaldía y tendrán que importar un afuerino que ponga orden Hoy la pelea interna en Maipú se traslada la lucha de integrantes de la mesa nacional, todos con intereses colaterales.La DC en Maipú es y será un partido importante en cualquier determinación política que se realice en la comuna, su más cercano en este tipo de trabajo proselitista es el Partido Comunista, que saca partido de su concejal, mientras que la DC sigue dividida entre el sector Bustamante, que políticamente no logró cautivar al sector adversario y el sector Campusano, el renunciado militante DC que ante la imposibilidad de dirigir la colectividad determinó renunciar al Partido, pero sueña con el retorno..

El denominado Golpe Blanco, busca imponer un presidente provisional ante la anarquía reinante cuyo principal objetivo es encargarse de ordenar la estructura partidaria al interior del PDC Maipú, es decir, crear las base para una elección en el mes de mayo de 2019 que permita una competencia fraternal.

Dicha directiva tendrá la responsabilidad partidarias y abrir el camino a las postulaciones de candidatos a concejales y alcalde de la comuna, no se sabe si por el camino propio o con pactos que lleven a una primaria. Lo problemático es que no busca entendimiento entre los dos sectores que se acusan mutuamente de entregar la alcaldía a la derecha: el sector campusanista (que renunció a su militancia DC pero sigue con la falange en el corazón) que acusa al sector Bustamante de no votar por el candidato que sacó el  17,5% (17.107 votos) mientras que el sector campusanista acusa de votar por un independiente (ex militante DC) que sumó el 31,3% (30.625 votos), insuficiente para superar el 36,2 % de la votación (35.343 votos) obtenida por la actual alcaldesa Cathy Barriga de excelente gestión mediática, pero pésima gestión administrativa.

La disyuntiva que tendrá que asumir la nueva dirección son los 13.467 votos que obtuvieron sus concejales, de los cuales 7.094 votos que logró Herman Silva, excluido del padrón del PDC por casi un año. La cifra es solo para comparar donde se fueron esos 13 mil votos DC, si a Christian Vittori que saca 30 mil votos o a Freddy Campusano que sumó 17 mil. Todo lleva a concluir que se entregó la Municipalidad a la derecha a sabiendas de las encuestas, y hoy quienes deben asumir esa responsabilidad siguen culpando al adversario, esto sin contar los 11 mil votos que sumó Claudia Mix que reunió a ex PS, PPD y militantes y simpatizantes del partidos ecologistas.

Maipú tiene unos 800 militantes DC en el actual padrón, con 2 concejales cuya votación corresponde más de la mitad a Herman Silva, militante histórico relegado del partido por casi un año por tomar una opción política que a su juicio era mejor para Maipú.

Será capaz Claudio Barahona, presunto designado según antecedentes enviados al PDC hace casi 2 meses de llevar a cabo este proceso, que capacitados políticos locales, incluido un ex militantes candidato a alcalde con 17 mil votos no han sido capaces de llevarlo adelante.

 Al menos Barahona tiene las ganas, con el partido dividido tal cual estaba cuando se entregó la alcaldía a Sepúlveda (UDI en esa fecha)  el año 2.000 por problemas en la DC, lo que indica que las posibilidades de imponer un candidato afuerino a alcalde será una constante, como Undurraga el 2004, que dejan el municipio hipotecado y se van.

Hoy, mientras se derrumba el servicio municipal de agua potable, SMAPA, por no invertir este año “CERO PESO” en el Plan de Desarrollo, se dilapidan más de 500 millones de pesos en pasar las Fiestas Patrias, no pensando que si se pierde SMAPA, se acaban todas estas regalías, remedios, paquetes de ayuda, ayuda para operaciones, becas para alumnos, etc.

Serán capaces de ponerse de acuerdo los militantes del PDC en buscar puntos de concordia y convergencia como efectuar un Congreso de tres días a nivel comunal donde, se den a conocer todas las alternativas de manejar una dirección partidaria y enfrentar en un segundo paso la administración de un municipio que tiene como ingreso 118 mil millones de pesos como presupuesto anual, de los cuales poco menos de la cuarta parte corresponde a ingresos de SMAPA.

Caso contrario, habrá que buscar un candidato afuerino o avecindado por la oportunidad.